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Revista de Biología Tropical, ISSN: 2215-2075, Vol. 70 (Supl. 1): e52281, Diciembre 2022 (Publicado Ago. 30, 2022)
Bases conceptuales para la compensación ambiental
bajo el enfoque ecológico
Fabián Bonilla1; https://orcid.org/0000-0002-5095-2750
Juan S. Monrós3; https://orcid.org/0000-0002-0952-2089
Mahmood Sasa1,2,4*; https://orcid.org/0000-0003-0118-5142
1. Instituto Clodomiro Picado, Universidad de Costa Rica, San José, Costa Rica; fbonillamurillo@gmail.com
2. Museo de Zoología, Centro de Investigaciones en Biodiversidad y Ecología Tropical, Universidad de Costa Rica, San
José, Costa Rica; msasamarin@gmail.com (Correspondencia*)
3. Instituto Cavanilles de Biodiversidad y Biología Evolutiva, Universidad de Valencia, Valencia, España; monros@uv.es
4. Organización para Estudios Tropicales, San José, Costa Rica.
Recibido 15-IV-2022. Corregido 13-V-2021. Aceptado 27-VII-2022.
ABSTRACT
Conceptual bases for environmental compensation under the ecological approach
Introduction: Infrastructure projects or development activities often generate a loss of biodiversity and reduce
the quality of the environment’s services to human societies. Fortunately, many of these impacts can be reduced,
controlled, or compensated through mitigation, rehabilitation, and compensation measures, which usually rely on
the environmental legal framework of the countries or states where they are implemented. This review provides
a theoretical vision of using environmental compensation as a legal/technical instrument integrated into natural
environment management.
Methodology: We reviewed the global literature on the subject using the GoogleScholar and SciELO reference
search engines using various indicators in English and Spanish.
Results: We found 244 references on environmental compensation, showing a clear increasing pattern in the last
decade. Environmental compensation constitutes a legal/technical instrument that allows offsets for environmen-
tal losses and often is part of the Environmental Impact Studies regulated by the state. Several methodological
strategies are used to establish compensatory actions, each of them based on one of four possible approaches:
economic, ecological, political, and cultural. The ecological equivalence between the impacted environmental
elements and compensation is sought within the ecological approach, ensuring no net loss. Thus, this approach
allows the incorporation of multiple criteria for the evaluation of damage and compensation actions: it can
be applied in different situations. Nevertheless, compensatory measures are not exempt from criticism. There
are situations in which the singularity of the impacted elements makes an adequate compensation for losses
impossible.
Conclusions: Compensation is highly relevant in environmental management and must favor the universal right
to a healthy environment. However, its practical application requires clear procedures and close vigilance to
prevent losses or even a net environmental gain.
Key words: environment; biodiversity; ecological equivalence; economic equivalence; environmental evaluation.
https://doi.org/10.15517/rev.biol.trop.2022.52281
SUPLEMENTO
2Revista de Biología Tropical, ISSN: 2215-2075 Vol. 70 (Supl. 1): e52281, Diciembre 2022 (Publicado Ago. 30, 2022)
El desarrollo de zonas urbanas y de macro-
proyectos tendientes a la producción agríco-
la, explotación minera, infraestructura vial y
generación energética son consideradas como
algunas de las principales causas de pérdida de
biodiversidad en el planeta (Balmford & Bond,
2005). Los grandes proyectos de infraestructura
suelen impactar al ambiente en sus múltiples
dimensiones de manera desigual, reduciendo
o afectando la calidad de los servicios que este
provee a sociedades humanas. Dado que esos
servicios constituyen un requisito indispensa-
ble para garantizar la calidad de vida (Millen-
nium Ecosystem Assessment Panel, 2005), las
modificaciones al ambiente afectan directa-
mente aspectos como salud, disponibilidad de
materias básicas y seguridad.
Algunos de los impactos de proyectos son
evitables o pueden ser reducidos a partir de
medidas de mitigación, mientras que otros no
pueden ser impedidos y constituyen una verda-
dera amenaza para los ecosistemas naturales y
su biodiversidad. Para los impactos inevitables,
la sociedad acepta la afección de recursos
naturales siempre y cuando se entregue una
retribución por las pérdidas que esto supone.
Se recurre pues a la compensación ambiental
como un mecanismo de gestión que pretende la
proporcionalidad en el resarcimiento de bene-
ficios ambientales en sustitución de aquellos
afectados (Benabou 2014; Cuperus et al., 2001;
Díaz-Reyes, 2014).
En esta revisión, detallamos qué se entien-
de por compensación ambiental y presentamos
el marco teórico sobre el que se basa este
concepto. Con el fin de consensuar el enfoque
teórico de la compensación, revisamos la litera-
tura global sobre el tema y hacemos una breve
reseña de los mecanismos más comúnmente
empleados para estimar compensación basada
en equivalencia ecológica.
MATERIALES Y MÉTODOS
Para esta revisión, empleamos GoogleS-
cholar y SciELO como motores de búsque-
da de referencias. Los indicadores empleados
fueron: “compensación ambiental”, “jerarquía
de mitigación”, “equivalencia ecológica”,
“ecological equivalence”, “biodiversity offset”,
“environmental offset”, “mitigation hierarchy”,
“habitat equivalency analysis”. Se compilaron
y evaluaron todas las referencias hasta con un
20 % de coincidencia en título o palabras clave.
RESULTADOS
Un total de 244 referencias que versan
sobre el tema de compensación ambiental
fueron recopiladas. Este número incluye artí-
culos publicados en revistas arbitradas (62 %
de las referencias) así como en literatura gris
(reportes e informes de agencias estatales y
ONGs, 29 %). También contempla 18 tesis y
seis libros o capítulos de libro. Las referencias
encontradas se extienden entre 1986 y el 2021,
mostrando un claro incremento en el número de
publicaciones en los últimos años (Fig. 1). Las
temáticas tratadas incluyen: aspectos teóricos
sobre compensación y críticas a la aplicación
de medidas compensatorias (14 % de las refe-
rencias), estrategias de compensación en la
dimensión económica y bancos de hábitat (15
%), normativa y legislación sobre compensa-
ción (12 %), métodos y manuales descriptivo
de procedimientos para compensación (34 %)
y estudios de casos (25 %) (Fig. 2).
Estas cifras, así como las siguientes obser-
vaciones derivadas de la revisión de esos
documentos, evidencian que el campo de la
compensación ambiental está consolidándo-
se tanto en sus aplicaciones como en sus
aspectos teóricos.
1. El concepto de compensación ambiental.
La compensación ambiental constituye un
instrumento jurídico/técnico que busca resarcir
por pérdidas ambientales irremediables produ-
cidas por los impactos de proyectos de infraes-
tructura o por actividades productivas (Cowell,
1997; Díaz-Reyes, 2014). Compensar implica
proveer un beneficio a alguien en restitución de
un daño o perjuicio causado (La Real Acade-
mia Española [RAE], 2001). A nivel ambiental,
establecer la forma como estos daños deben ser
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identificados y subsanados es materia del ins-
trumento de compensación, que –aunque inde-
pendiente– suele constituir un componente del
proceso de Evaluación del Impacto Ambiental
(EIA) del proyecto a desarrollar (Carrasco et
al., 2013).
La compensación ambiental no busca la
prevención o corrección del impacto negativo,
sino que provee una medida que genere un
valor equivalente al valor perdido o disminui-
do (Ariza-Pardo & Moreno-Hincapié, 2017;
Díaz-Reyes, 2014). Al establecerse el derecho
Fig. 1. Número de publicaciones por quinquenio en temas de compensación ambiental.
Fig. 1. Number of publications per five years on environmental compensation issues.
Fig. 2. Referencias bibliográficas sobre compensación ambiental por temática. Métodos y manuales así como los estudios
de caso se refieren principalmente a compensaciones basadas en el enfoque ecológico.
Fig. 2. Bibliographic references on environmental compensation by theme. Methods and manuals as well as case studies
mainly refer to offsets based on the ecological approach.
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universal a un ambiente sano (Durango, 2017;
Handl, 2012;), la compensación procura satis-
facer necesidades de las generaciones presentes
sin comprometer a las generaciones futuras,
por lo que la protección del medio ambiente
es un aspecto fundamental abordado en el
proceso. Además, una compensación ambiental
satisfactoria se basa en una serie de principios
y conceptos que deben estar claramente estipu-
lados y legislados en la sociedad, por lo que se
enmarca en normativas que velan por el bien
común de los habitantes de un territorio y por
la sostenibilidad de su desarrollo (Vergara &
Leyton, 2002).
2. Importancia de la compensación
ambiental.
La incorporación de medidas compensa-
torias en la gestión ambiental y el estudio de
sus bases teóricas y jurídicas es un tema que
ha venido incrementándose a nivel global (Fig.
2). De hecho, The Biodiversity Consultant ha
identificado 56 países en el mundo que cuen-
tan con legislación o normativa en torno a las
compensaciones, 18 de ellos en Latinoamérica
(TBC, 2013). Muchos países, especialmente
aquellos con altos niveles de calidad de vida
y gran desarrollo socioeconómico, tratan el
tema de manera explícita en su jurispruden-
cia ambiental (Rundcrantz & Skärbäck, 2003;
Villarroya-Ballarín et al., 2014). En otros, el
tema de compensación ambiental es actualmen-
te debatido por sectores interesados (Poveda,
2016; Sarmiento et al., 2015).
No tomar medidas compensatorias a nivel
ambiental supone el acúmulo de pérdidas de
recursos naturales e impactos a sectores vulne-
rables de la población. Esta situación es inad-
misible y constituye un retroceso en materia
de gestión ambiental al no poder garantizar
el derecho a un ambiente sano que pregonan
las leyes supremas de la inmensa mayoría
de naciones del mundo (Handl, 2012). Por
lo tanto, el consenso es que aplicar medidas
compensatorias permite garantizar el manteni-
miento de la biodiversidad y la funcionalidad
de los ecosistemas y que como instrumento de
gestión debería incluso abogar por la ganancia
neta ambiental (Sonter et al., 2020).
3. Enfoques teóricos de la compensación y
sus métodos.
La compensación ambiental puede ser
abordada desde su dimensión económica, eco-
lógica, política-normativa y cultural/social.
Aunque estas dimensiones se interrelacionan
estrechamente (Fig. 3), en la práctica los meca-
nismos empleados para resarcir las pérdidas
suelen enfocarse en una de ellas (Carrasco et
Fig. 3. Dimensiones de la compensación ambiental. Las
acciones de compensación pueden estar enfocadas en uno
o varias de esas dimensiones dependiendo del impacto a
resarcir y la legislación vigente.
Fig. 3. Dimensions of environmental compensation.
Compensation actions may be focused on one or several
of these dimensions depending on the impact to be
compensated and the current legislation.
al., 2013; Díaz-Reyes, 2014), generalmente
dejando por fuera del plan de compensación a
las otras.
Dimensión económica: Bajo este enfoque,
se analiza qué tanto gana y pierde la sociedad
a partir del desarrollo del proyecto, suponiendo
que la alternativa más favorable será aquella
que genere mayores ganancias. Existen varios
modelos que sustentan los enfoques económi-
cos, cada uno con sus propias suposiciones,
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alcances y formas de estimar valores para la
compensación (Dixon et al., 1994). Sin embar-
go, un denominador común en ellos es que se
basan en la idea que el bienestar individual
es maximizado con recursos y servicios que
producen la mayor utilidad y que la suma del
bienestar individual corresponde al bienestar
social (Dixon et al., 1994; Hicks, 1939). La
estimación de la compensación se fundamen-
ta en el análisis de equivalencia económica,
primariamente de valor-valor, donde los daños
ambientales (débitos) deben ser compensados
con mejoras equivalentes (créditos).
El cálculo de los débitos y los créditos
requiere una unidad de medida común para
poder establecer la correspondencia (Riera &
Borrego, 2013). Esta unidad puede ser recursos
(p.ej. el número de árboles de determinada
especie) o valor social (p.ej. cantidad de per-
sonas beneficiadas por actividades turísticas de
los recursos naturales), aunque usualmente se
enmarca en términos de unidades monetarias
equivalentes (Cole, 2021).
Los instrumentos económicos emplean
precios como señales de mercado para incen-
tivar o desincentivar conductas hacia el medio
ambiente (García-López, 2018). Existe gran
variedad de instrumentos económicos, entre
los que se distinguen: los fiscales (graváme-
nes, impuestos), financieros (créditos, fianzas,
seguros de responsabilidad civil) y los ins-
trumentos base de mercado (por ejemplo los
sistemas de depósito-reembolso, certificados
de emisión negociables y los programas de
pago por servicios ambientales) (García-López,
2018). Otras estrategias, como el Análisis de
Equivalencia del Valor propuesto por la Direc-
tiva de Responsabilidad Ambiental de la Unión
Europea (Council of the European Parliament,
2004) permiten el diseño e implementación
de compensaciones ambientales basadas en la
creación de proyectos públicos de conservación
o restauración (Riera & Borrego, 2013).
Un inconveniente de los métodos de valo-
ración económica es que no siempre es posible
estimar costos cuando hay pérdidas irreversi-
bles, por ejemplo si el bien es único (un eco-
sistema singular o cuando el impacto es sobre
un valor cultural irremplazable). Otra situación
ocurre cuando la compensación genera a su
vez nuevos impactos no contemplados, por
ejemplo, la relocalización de una comunidad
afectada por un impacto ambiental negativo,
que puede derivar en dificultades de adaptación
al nuevo entorno o en la destrucción del estilo
de vida de esa comunidad (Díaz-Reyes, 2014).
También puede haber desventaja si los métodos
de valoración se basan en funciones de produc-
ción, pues en este caso solo pueden ser aplica-
dos si los bienes impactados son efectivamente
empleados como insumos en la producción de
otros bienes (García-López, 2018). Por ejem-
plo, valorar el costo representado en anegar un
bosque que es empleado como fuente de leña
por una comunidad, en contraste a valorarlo si
la comunidad no empleara leña.
Asimismo, basar la compensación ambien-
tal solamente en valoraciones monetarias de
utilidad puede oscurecer la verdadera valía
de los recursos impactados, como lo ilustra
Díaz-Reyes (2014) con este ejemplo: “si la
contaminación atmosférica generada durante
el desarrollo de una actividad, obra o proyecto
tiene un costo social valorado en $1.000.000,
un proyecto de compensación que consista en
la construcción de una cancha de fútbol y que
genere una ganancia de utilidad para la socie-
dad valorada en $2.000.000, será apropiado
desde la perspectiva de la equivalencia del
valor”. Aquí claramente, compensación basada
en equivalencia del valor económico no garan-
tiza que necesariamente se logre la conserva-
ción del capital natural. Esa idea, que siempre
es posible resarcir la disminución en el consu-
mo de un bien o servicio mediante el aumento
del consumo de cualquier otra mercancía, es
una muy peligrosa manera de visualizar la sos-
tenibilidad (Díaz-Reyes, 2014).
Dimensión ecológica y física: En el ámbi-
to ecológico, la compensación ambiental per-
sigue restituir los ecosistemas afectados con
ecosistemas equivalentes o –al menos– simi-
lares en algún grado, procurando la preser-
vación de la integridad de esos ecosistemas y
la conservación de la biodiversidad asociada
6Revista de Biología Tropical, ISSN: 2215-2075 Vol. 70 (Supl. 1): e52281, Diciembre 2022 (Publicado Ago. 30, 2022)
(Bull & Strange, 2018; Herzog et al., 2005;
McKenney & Kiesecker, 2010; Silva, 2017).
Dada la importancia de los elementos físicos
y bióticos, este enfoque intenta que las futuras
generaciones cuenten con las condiciones eco-
lógicas necesarias para asegurar su bienestar y
supervivencia (Dunforda et al., 2004). Aquí, la
compensación se realiza a través de la provi-
sión de bienes, servicios y recursos que tengan
características, propiedades y funciones ecoló-
gicas equivalentes (Díaz-Reyes, 2014).
En este enfoque prevalece una actitud
precautoria respecto a la afectación al capital
natural, considerando la incertidumbre inheren-
te a los procesos naturales (Díaz-Reyes, 2014).
Además, reconoce que algunas afectaciones
son irreversibles, por lo que el capital natural
afectado podría no poder ser compensado
únicamente con dinero o incluso podría no ser
compensado del todo (Cowell, 1997; Ekins et
al., 2003; Moreno-Mateos et al., 2015).
Defensores de este enfoque suelen ser más
abiertos respecto a las otras dimensiones de la
compensación, aceptando que el valor ecológi-
co no es el único factor que puede ser tenido
en cuenta al momento de diseñar mecanismos
de compensación ambiental. Por ejemplo, De
Groot et al. (2002) sugieren un procedimiento
de valoración integral donde la cuantificación
del valor ecosistémico es función de variables
ecológicas, aspectos socioculturales (basados
en la equidad y las percepciones culturales)
y valores económicos (basados en la eficien-
cia y costo-efectividad). Otros autores, como
Castiblanco et al. (2009) subrayan también
la necesidad de integrar al análisis ecológico
equivalencias en características socioculturales
y económicas, especialmente en casos en los
que los impactos afectan recursos y servicios
ecosistémicos empleados por las comunidades.
Dimensiones social–cultural y política–
normativa: Los derechos y deberes de ciu-
dadanos en un estado parten de un acuerdo
o pacto en el que basan la justicia para la
mayoría a partir del reconocimiento de la auto-
ridad, normas morales y leyes. Esto en esen-
cia es lo que se conoce como contrato social
(Basombrío, 2009). Dentro de la óptica del
contrato social, la compensación debe no solo
representar ganancias para la mayoría, sino que
además debe contemplar los impactos a secto-
res particulares de esa sociedad (Ariza-Pardo &
Moreno-Hincapié, 2017). La dimensión social
y política de la compensación está íntimamente
ligada a la forma como los individuos conciben
la justicia. Por ejemplo, si la producción de
energía hidroeléctrica (que beneficia a toda una
región) requiere la construcción de un embalse,
las comunidades directamente afectadas por
este deberán ser debidamente compensadas,
independientemente de las ventajas econó-
micas que el proyecto pueda suponer para la
mayoría. En el plano cultural, la compensación
intenta preservar valores intangibles enlazados
con la identidad, formación de redes sociales,
la religión, etc. (Díaz-Reyes, 2014), que toman
en cuenta aspectos particulares de la población
afectada y la forma como esta se relaciona con
su entorno.
Para ser justa y equitativa, una apropiada
compensación debe estar adecuadamente nor-
mada. En el contrato social, se parte de que
el causante del impacto es quien debe hacerse
responsable de compensarlo (Ariza-Pardo &
Moreno-Hincapié, 2017).
4. Compensación ambiental enfocada en
ecología: Principios y suposiciones.
La compensación fundamentada en el
enfoque ecológico parte de una serie de supo-
siciones y principios propuestos con el fin de
asegurar la ganancia neta en el intercambio
(Dunforda et al., 2004; Murcia et al., 2017). La
primera suposición es que todos los impactos
inevitables son adecuadamente identificados
y cuantificados en las etapas de planeamiento,
usualmente a partir de los estudios de impac-
to ambiental o incluso durante el diseño del
proyecto. Esta identificación permite que se
consideren las verdaderas dimensiones de las
pérdidas y que estas sean tomadas en cuenta
a la hora de plantear la restitución, asegurán-
dose así la proporcionalidad y la ganancia
neta ambiental.
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Otra suposición tácita es que la autoridad
responsable de evaluar la compensación es
oportuna y adecuadamente identificada y que
esta tiene claro su responsabilidad para lograr
compensaciones apropiadas (Villarroya-Balla-
rín, 2012). En general, la autoridad responsable
suele ser una agencia estatal de corte técnico,
que evalúa los estudios de impacto y que basa
sus criterios en la legislación vigente en mate-
ria de compensación (Carrasco et al., 2013;
Trindade et al., 2020). Sin embargo, no todos
los países cuentan con estas oficinas o siquiera
con un marco de jurisprudencia suficientemen-
te comprehensivo del tema de compensación
(Ariza-Pardo & Moreno-Hincapié, 201; Murcia
et al., 2017). Algunas de las agencias financie-
ras (p.ej., Banco Mundial, 2001; Georgoulias
et al., 2016) requieren que se indiquen medidas
compensatorias de los impactos identificados
antes de aprobar la financiación a proyectos
de desarrollo, manteniendo estrictos controles
para su evaluación.
Bajo el enfoque ecológico, los princi-
pios orientadores que rigen la compensación
suelen incluir: (1) jerarquía de mitigación,
(2) equivalencia ecológica, (3) cero pérdidas
ambientales netas, (4) participación y trans-
parencia (Calle et al., 2014). A continuación,
explicamos esos principios.
Jerarquía de la mitigación y sus limita-
ciones: Ante los impactos ambientales gene-
rados por la producción de bienes y servicios,
los gobiernos requieren que los entes desa-
rrolladores adopten lo que se conoce como la
jerarquía de la mitigación (Quetier & Lavorel,
2011). En términos generales, la jerarquía de la
mitigación sostiene que en primer lugar se debe
evitar los impactos a la biodiversidad y otros
componentes del ambiente. Sin embargo, si eso
no fuera posible, se debe optar por medidas que
minimicen los impactos no evitables. Si aun así
quedaran impactos que no pueden mitigarse,
entonces como última medida se opta por la
compensación de esos impactos (McKenney
& Kiesecker, 2010) a partir de la generación
de una ganancia en biodiversidad equivalente
ya sea en la misma zona de impacto o en otros
sitios con condiciones similares (Ten Kate et
al., 2004) (Fig. 4). Dentro de la jerarquía de
Fig. 4. Pirámide de la jerarquía de la mitigación. La mayoría de los impactos reversibles deberían ser evitados o minimizados.
Algunos de ellos deben ser mitigados con acciones como rehabilitación de hábitats o medidas de restauración. Únicamente
en caso de impactos irreversibles se recurre a medidas de compensación. Estas deben resarcir por las pérdidas inevitables
procurando ganancia neta.
Fig. 4. The mitigation hierarchy pyramid. Most reversible impacts should be avoided or minimized, and some of them must
be mitigated with actions such as habitat rehabilitation or restoration measures. Compensation measures are used only in the
event of irreversible impacts, and these must compensate for the unavoidable losses seeking net profit.
8Revista de Biología Tropical, ISSN: 2215-2075 Vol. 70 (Supl. 1): e52281, Diciembre 2022 (Publicado Ago. 30, 2022)
mitigación, la compensación ambiental corres-
ponde a un último nivel, al que debe recurrirse
sólo en caso que los impactos del proyecto no
puedan ser evitados o minimizados.
La jerarquía de la mitigación ha sido
positivamente aceptada por los tomadores de
decisión de muchos países como un mecanismo
que permite la conservación de la naturaleza
(McKenney & Kiesecker, 2010; Ten Kate et
al., 2004). A pesar de ello, como indicamos
más adelante, la jerarquía de la mitigación
ha sido criticada por facilitar el desarrollo de
proyectos incluyendo aquellos con impactos
negativos sustantivos.
Principio de equivalencia ecológica:
Para establecer una adecuada indemnización
en el plano ecológico se requiere estimar la
equivalencia ecológica entre los elementos
ambientales impactados y aquellos que se
ofrecen como ganancias en la compensación.
Esa equivalencia refiere a una evaluación de la
biodiversidad o servicios ecosistémicos apro-
piados para resarcir por las pérdidas ocasiona-
das por el proyecto (Hubbell, 2006; Ten Kate et
al., 2004). En general, equivalencia ecológica
suele estimarse empleando indicadores de bio-
diversidad, de servicios ecosistémicos o del
área superficial de ambientes naturales. Así,
un hábitat impactado puede ser sustituido por
un área determinada de un hábitat equivalen-
te con similar biodiversidad y funcionalidad.
Lograr demostrar esta equivalencia en térmi-
nos cuantitativos se convierte en una acción
necesaria para lograr que las compensaciones
verdaderamente contribuyan de manera efecti-
va a reducir al mínimo las perdidas ambientales
generadas (Norton, 2008; Robertson, 2004;
Wissel & Wätzold, 2010). De hecho, el delimi-
tar medidas de equivalencia ecológica apropia-
das es precisamente uno de los grandes retos
de la compensación bajo el enfoque ecológico
(McKenney & Kiesecker, 2010).
Cero pérdida neta de biodiversidad
y funcionalidad de los ecosistemas: Como
mínimo, la compensación debe ser proporcio-
nal a las pérdidas, aunque al constituirse un
instrumento de gestión ambiental, la aspiración
última es que el resarcimiento genere más bien
una ganancia neta medible (Sarmiento et al.,
2015). Idealmente los resultados de una res-
puesta compensatoria deben alcanzar produc-
tos concretos y reconocibles de mejoramiento
ambiental o conservación. El diseño y la imple-
mentación de la compensación deberían evitar
actividades que causen daño a la biodiversidad
o servicios ecosistémicos en otras localidades,
buscando mejorar la funcionalidad y mante-
nimiento de ecosistemas (Quiroga-Prieto &
Rodríguez-Zabala, 2017).
Participación de actores y transparen-
cia: Para asegurar la ganancia neta ambiental,
y en particular en el caso en que las medidas
compensatorias deriven en nuevas áreas natu-
rales, se requiere contar con la participación
eficaz de todos los posibles actores en la
toma de decisiones sobre compensaciones por
pérdida de biodiversidad, incluyendo su eva-
luación, selección, diseño, implementación y
monitoreo. Integrar todos los posibles actores
(agencia desarrolladora, agencia fiscalizadora,
comunidades locales) en las etapas de diseño e
implementación de acciones de compensación
asegura la transparencia de las medidas, mini-
mizando la oposición a dichas medidas (Ten
Kate et al., 2004).
Olivares-Cortés (2016) indica que a la
hora de implementar planes de compensación
se debe garantizar la transparencia en todas las
etapas del proceso, especialmente durante las
de seguimiento y monitoreo. Para ello, se debe
recurrir a evaluaciones o auditorias preferible-
mente llevadas a cabo por terceros, en las que
no participen ni el Estado, ni de los desarrolla-
dores. Este peritaje especializado genera más
confianza al no estar directamente vinculado
con el desarrollador o el Estado, lo que garan-
tiza cierta neutralidad en los resultados finales.
Con este tipo de acciones se permite una ade-
cuada fiscalización, tanto de los organismos
públicos competentes, como de la sociedad
(Olivares-Cortés, 2016).
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5. ¿Cuándo aplicar las medidas de
compensación?
A pesar que la jerarquía de la mitigación
establece las medidas de compensación como
alternativa para los impactos irreversibles, en
la práctica no siempre es claro cuándo esos
impactos requieren planes resarcitorios.
Por un lado, la aplicación de las medidas
depende del ordenamiento jurídico vigente,
por lo que la respuesta a impactos similares
puede variar entre estados (López-Arbeláez
& Quintero-Sagre, 2015; Villarroya-Ballarín
et al., 2014). Además, la evaluación y fiscali-
zación de las medidas depende de la agencia
estatal asignada para ello, que además de velar
por el oportuno cumplimiento de los compro-
misos estipulados en el plan de compensa-
ción debe aplicar las sanciones administrativas
que correspondan en caso de incumplimiento
(Calle et al., 2014). Las políticas internas de
estas agencias adicionan heterogeneidad a la
decisión de cuándo recurrir a acciones compen-
satorias (Bonilla, Sassa, et al., 2022).
Generalmente, la decisión sobre si un
proyecto requiere compensación ambiental o
no ocurre durante la certificación ambiental,
conforme se desarrolla el Estudio de Impac-
to Ambiental y se identifican los impactos
negativos de proyecto (Silva, 2017; Vergara y
Leyton, 2002). En esa etapa, los proyectos son
categorizados en referencia a sus dimensiones;
en consecuencia, los planes de compensación
suelen ser requeridos únicamente para proyec-
tos catalogados de mayor relevancia ambiental,
donde por sus características, envergadura y/o
ubicación pueden producir impactos significa-
tivos (Calle et al., 2014).
En países como Australia, Brasil, México
y Perú la normativa hace explícito cuándo son
esperadas las medidas de compensación: pro-
yectos en las áreas de hidrocarburos, minería,
obras públicas y energía requerirán inevitable-
mente de ellas (Ariza-Pardo & Moreno-Hinca-
pié, 2017; Villarroya-Ballarín et al., 2014). En
otros países, como USA y miembros de la Unión
Europea, la legislación consigna de mane-
ra más general las medidas compensatorias,
señalándolas necesarias en caso de cualquier
proyecto que genere impactos irreversibles a
las especies y sus hábitats (Sarmiento, 2014).
Incluso hay países como Australia donde las
medidas resarcitorias son consultadas a las
comunidades en el área de impacto del proyec-
to, lo que relega a la autoridad correspondiente
a vigilar que las medidas planteadas efectiva-
mente sean realizadas por el titular del proyecto
(Burton, Rogers & Richert, 2017).
6. ¿Cómo se realizan las medidas de
compensación ambiental?
Nuestra revisión muestra una gran varie-
dad de estrategias seguidas para procurar la
compensación. Otra vez, esta diversidad es
producto del marco legal y de la dimensión
sobre la que se base el concepto de compensa-
ción seguido (Barbé & Francaria-Lacoste 2021;
Clarke & Bradford 2014; Hernández 2015).
Acciones resarcitorias no necesariamente
basadas en una equivalencia ecológica son
consideradas en muchos países, principalmente
en aquellos con índice de desarrollo humano
alto (Ariza-Pardo & Moreno-Hincapié, 2017;
Dixon et al., 1994). Así, en USA la pérdida de
biodiversidad y hábitats es indemnizada con
medidas encaminadas a la restauración a partir
de créditos comprados por el desarrollador
(Sarmiento, 2014), aunque también se recu-
rre a otros instrumentos basados en mercado
(De Groot et al., 2002; Manga, 2008; Poveda,
2016). En Latinoamérica, algunos países como
Brasil recurren al pago de un monto del valor
total del proyecto a un sistema de conservación
estatal (REDLAC, 2016). La idea en estos
casos es que se obtengan recursos económicos
para posteriormente establecer hábitats con
atributos y funciones ecológicas equivalentes a
los hábitats afectados, aunque estos no siempre
logran corresponder ecológicamente con las
afecciones (Villarroya-Ballarín et al., 2014).
Además, en varios de esos países existe la
posibilidad de los bancos de hábitat (también
llamados ‘bancos de biodiversidad’, Enríquez-
Salamanca, 2016), un modelo de compensación
de daños ambientales donde a través de una
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agencia privada se financian proyectos de recu-
peración y restauración de hábitats en terrenos
particulares como resarcimiento por los impac-
tos residuales de proyectos (Blanco-Herbosa,
2012; García-Ureta, 2015; Sarmiento et al.,
2014). Los bancos de hábitat permiten reducir
la incertidumbre y los retrasos porque brindan
la oportunidad de implementar compensacio-
nes anticipadas: las actividades de compensa-
ción pueden empezar a implementarse antes
de que el crédito sea comprado (Latimer
& Hill, 2007).
Mecanismos más directos de indemniza-
ción en especie, como son medidas activas de
manejo y rehabilitación de hábitats son reali-
zados en países como Australia, Alemania y
Reino Unido (Sarmiento et al., 2014); mientras
que sustitución de los recursos naturales o ele-
mentos del medio ambiente afectados por otros
de similares características y naturaleza ocurre
en México y Chile (Ariza-Pardo & Moreno-
Hincapié, 2017). Acciones encaminadas al
manejo de paisaje son observadas en Colombia
donde se dispone de algunas estrategias para
estimar las compensaciones por los ecosiste-
mas impactados (Ministerio de Ambiente y
Desarrollo Sostenible [MADS], 2012; Murcia
et al., 2017; Saenz et al., 2013;). En Perú la
legislación no es explícita en cómo calcular
la compensación, pero sí define una lista de
variables (p. ej., tipo de hábitat afectado, áreas
prioritarias para la conservación y servicios
ecosistémicos) que deben contemplarse al tra-
zar el área que se utilizará para indemnizar
(Alarcón et al., 2018; Villarroya-Ballarín et al.,
2014). Finalmente hay países, como España o
Costa Rica, donde no hay una definición expli-
cita de cómo deben realizarse las medidas de
compensación, lo que deja un tanto abierta las
posibilidades de acciones resarcitorias (Ari-
za-Pardo & Moreno-Hincapié, 2017; Bonilla,
Oviedo-Brenes, et al., 2022).
En algunos casos de estudio (Baca-Soto,
2017; Becerrera-Gonales, 2020), acciones de
mitigación fueron consideradas como alterna-
tivas a impactos irreversibles, sustituyendo con
ellas a medidas de compensación adecuadas
(Olivares-Cortes, 2016). Esta práctica evidencia
confusión en los tipos de abordajes que deben
darse a impactos irreversibles, lo que puede
llevar a reducir la calidad del resarcimiento
y comprometer el principio de cero pérdidas
netas ambientales (Orozco-Gómez, 2020).
7. Medidas de compensación basadas en
economía ecológica.
Tanto la dimensión ecológica-física como
la social y político-normativa de la compen-
sación ambiental aceptan distintos marcos
metodológicos. En algunos casos se emplean
herramientas de valoración económica y de
análisis de equivalencia monetaria (Díaz-Reyes,
2014), aunque esto último podría derivar en las
dificultades de análisis las mencionadas en el
enfoque de dimensión económica (ver sección
enfoques teóricos de la compensación y sus
métodos). Maneras más frecuentes de abor-
dar compensación con esas herramientas es a
través de principios de economía ecológica,
una disciplina que trata de describir la relación
entre crecimiento económico y la explotación
de recursos naturales y energéticos (Venka-
tachalam, 2007). Aunque este enfoque aplica
herramientas de economía al análisis de la
oferta y demanda de recursos, integra también
aspectos analíticos de ecología enfocados en
la identificación de cambios irreversibles en
el entorno (irreversibilidades), que requieren
compensación. Bajo este precepto, la compen-
sación partirá del hecho que el capital natural es
vital para el bienestar humano cuya afectación
puede ser irreversible y no siempre sustituible
con dinero o mercancías (Martínez-Alier et al.,
1998). La actitud precautoria es imprescindible
en caso de intentar compensar pérdidas en el
capital natural o social.
Díaz-Reyes (2014) señala algunas carac-
terísticas de la economía ecológica que son
relevantes para la compensación ambiental: 1)
inconmensurabilidad (los valores pueden ser
evaluados con base en múltiples criterios); 2)
comparabilidad débil (las preferencias no se
pueden ordenar con base a una escala cardinal
de medición, sino más bien con base a una
escala ordinal); 3) sostenibilidad fuerte (no se
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Revista de Biología Tropical, ISSN: 2215-2075, Vol. 70 (Supl. 1): e52281, Diciembre 2022 (Publicado Ago. 30, 2022)
puede sustituir perfectamente el capital natural
con el capital artificial) y; 4) no compensabi-
lidad o compensabilidad parcial (no es posible
compensar las desventajas adquiridas en un
criterio o una dimensión del valor mediante
ventajas en otro criterio). El hecho que las
valoraciones del impacto y su compensación
puedan hacerse con base a múltiples criterios
hace que sea posible evaluar situaciones diver-
sas, por ejemplo, aquellas donde no existe com-
pensabilidad, aplicando para ello metodologías
de la economía ecológica (Bouyssou, 1986; o
& Vansnick, 1986).
Ahora bien, nuestra revisión muestra que
a pesar de existir una base sólida a partir de
la cual desarrollar políticas para las compen-
saciones de biodiversidad, pero varios temas
requieren más orientación, incluida la mejor
manera de: (1) garantizar la conformidad con la
jerarquía de mitigación; (2) identificar las com-
pensaciones ambientalmente más preferibles
dentro de un contexto de paisaje; (3) determi-
nar las proporciones de reemplazo de mitiga-
ción apropiadas para asegurar que las pérdidas
y ganancias de biodiversidad sean equivalentes;
y (4) garantizar que se dedique el tiempo y el
esfuerzo adecuados para monitorear el desem-
peño de las compensaciones.
8. Estimación de equivalencia ecológica.
La compensación basada en equivalen-
cia ecológica es sugerida cuando los impac-
tos afectan biodiversidad, funciones o hábitats
naturales (Bezombes et al, 2017; Quétier &
Lavorel, 2011), favoreciendo el principio de
cero pérdida neta. Aunque existe toda una
gama medidas de compensación posibles bajo
ese esquema, se habitúan acciones como:
identificación del tipo de especies o hábitats
impactados, ecosistemas, poblaciones o comu-
nidades afectados, así como la localización de
los impactos y si la compensación ocurre en el
área de influencia de la actividad o proyecto,
o por fuera de ella. Así, se suelen favorecerse
compensaciones que son del mismo tipo y que
ocurren en el área de influencia del proyecto
(Castiblanco et al., 2009).
En caso de que la equivalencia se base en
sustitución de hábitats, la superficie a emplear
en la compensación suele estimarse utilizan-
do un factor multiplicador que depende de la
incertidumbre y del riesgo asociado al pro-
yecto de sustitución o restauración (Vargas et
al., 2020). Por ejemplo, si se considera que
el impacto ambiental afecta X unidades de
recursos (o hábitat), la compensación deberá
ser equivalente a kX, donde k es un factor
multiplicador > 1.
El valor de k es sopesado dependiendo de
la importancia con que se considere el hábitat
impactado: multiplicadores más altos corres-
ponderán a impactos ambientales que generan
afectación de recursos ecológicos estratégicos
(especies endémicas, ecosistemas protegidos
o de importancia, etc) (MADS, 2012). De esta
manera, se garantiza que al resarcir por hábitats
equivalente no se reduce el ambiente (o biodi-
versidad) impactado y que más bien se logre
una ganancia neta, cumpliéndose así también el
objetivo de no pérdida neta de bienestar.
Existen varios procedimientos para la
evaluación de equivalencia ecológica, sin
embargo, aquellos que involucran métodos
estandarizados de puntuación (Quetier &
Lavorel, 2011) son los más ampliamente uti-
lizados. Estos métodos tienen la ventaja de
permitir la racionalización del proceso de eva-
luación y ofrecer valoraciones más predecibles
y repetibles (aspecto importante desde el punto
de vista legal). Los procedimientos de puntua-
ción requieren que se desarrollen indicadores y
sistemas de calificación de los mismos, que son
validados por las autoridades ambientales antes
de ser generalizados. Esto significa que las
diferentes partes interesadas sobre los impactos
de la biodiversidad (por ejemplo, las organi-
zaciones de conservación de la naturaleza, los
desarrolladores, autoridades gubernamentales,
etc.) colaboran en el desarrollo de los métodos
a ser empleados en su caso particular.
Los métodos estandarizados generalmente
combinan puntaciones de indicadores de mane-
ra aditiva, como es el caso del método UMAM
(Florida Uniform Mitigation Assessment
Method; Reiss & Hernandez, 2018); o del
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método de hábitat/hectárea (Parkes et al.,
2003). Por ejemplo, UMAM provee un proce-
dimiento estandarizado para evaluar las funcio-
nes ecológicas de humedales y otros cuerpos de
agua superficial, la cantidad de esas funciones
que son reducidas por el impacto propuesto y la
mitigación necesaria para compensar esas pér-
didas. Además, permite determinar el grado de
mejora en el valor ecológico de las actividades
propuestas en los bancos de mitigación (Reiss
& Hernández, 2018). El método Hábitat/Hectá-
rea asigna puntajes a cada indicador de calidad
del hábitat a evaluar en relación a un hábitat de
referencia. La sumatoria de esos puntajes es el
índice de calidad del hábitat a evaluar (Bonilla,
Oviedo-Brenes, et al., 2022). Ahora bien, se
podría diseñar un análisis en el que las puntua-
ciones se combinen de manera multiplicativa o
incluso jerárquica (Apfelbeck & Farris, 2005).
Sin embargo, índices complejos son más difí-
ciles de explicar a no-expertos y requieren de
evaluaciones antes de poder ser generalizados
(Gibbons & Freudenberger, 2006).
Entre los aspectos medulares a considerar
a la hora de diseñar una estrategia para eva-
luar una compensación se citan el alcance, la
puntuación y el procedimiento cuantitativo
sobre el cuál basar conclusiones (McKenney
& Kiesecker 2010). El alcance de la compen-
sación implica especificar cuáles componentes
de la biodiversidad o del ecosistema son los de
interés para ser compensados. La puntuación
implica asignar valores numéricos a cómo y
cuándo la protección de la biodiversidad exis-
tente puede ser considerada una ganancia, así
como los posibles requisitos sobre ubicación, el
tiempo (antes o después del impacto) y la dura-
ción de las compensaciones. El procedimiento
cuantitativo se refiere al algoritmo seguido para
contrastar las ganancias y pérdidas y poder
derivar el efecto total de la compensación.
En esa misma dirección, Quetier & Lavo-
rel (2011) sugieren cinco pasos medulares a la
hora de diseñar y evaluar una compensación
ambiental basada en equivalencia ecológica:
(1) Definir detalladamente los componen-
tes de la biodiversidad y del ecosistema
que se desean compensar (poblaciones de
animales o plantas, ensamblajes particu-
lares de especies, tipos de comunidades,
propiedades de ecosistemas, servicios de
ecosistemas, etc.).
(2) Seleccionar apropiados indicadores (inclu-
yendo procesos a nivel de ecología de pai-
saje) y los procedimientos de puntuación
de esos indicadores.
(3) Identificar la metodología apropiada para
el cálculo de pérdidas y ganancias y de
otras necesidades a abordar.
(4) Cuantificar e incorporar en el análisis
aspectos relacionados con tiempo, ejemplo
retrasos entre las pérdidas y las ganancias.
(5) Cuantificar e incorporar incertidumbres
asociadas tanto en la evaluación como en
los resultados de la compensación.
Componentes meta y alcances: Los
diferentes componentes meta de biodiversi-
dad o ecosistemas pueden ser identificados
dependiendo de los objetivos del esquema
de compensación correspondiente. Entre los
componentes más frecuentemente empleados
se citan: (a) riqueza de especies en general o
de grupos taxonómicos o gremios particulares
(usualmente se enfoca en vertebrados, algunos
grupos carismáticos de insectos y plantas vas-
culares); (b) listado de especies amenazadas
o sus hábitats y nivel de amenaza; (c) com-
posición de vegetación y tipo de coberturas;
(d) servicios ecosistémicos (Villacrez-Guerra,
2021; Villarroya-Ballarín, 2012).
Enfoques a nivel de ecosistema son tam-
bién utilizados en el control y gestión de
los ecosistemas y la biodiversidad, basado
en conceptos como “la salud de los ecosis-
temas” (Rapport et al., 1998), ‘’la integridad
ecológica’ (LaPaix et al., 2009), o ‘’buen
estado ecológico’ (Hobbs et al., 2010). Estos
enfoques en general requieren una referencia
de ‘’buena salud’ o de ‘’buen estado’, lo que
debe establecerse ya sea mediante comparacio-
nes ambientes similares en esas condiciones, o
sobre la comunidad existente en el sitio antes
de la intervención (lo que se conoce como línea
base ecológica).
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Revista de Biología Tropical, ISSN: 2215-2075, Vol. 70 (Supl. 1): e52281, Diciembre 2022 (Publicado Ago. 30, 2022)
Indicadores apropiados: Las pérdidas
debido al impacto y las ganancias genera-
das por la compensación deben ser medidas
empleando las mismas métricas. Si la evalua-
ción de pérdidas, ganancias y su equivalencia
se enfocan en componentes de la biodiversi-
dad y los ecosistemas, entonces estos deben
estar claramente definidos desde la fase inicial
del proyecto.
Tradicionalmente se ha empleado la rique-
za de especies y la uniformidad (medida de
qué tan homogénea es la frecuencia relativa
de las especies que forman una comunidad)
para cuantificar biodiversidad y usarla como
métricas para los tomadores de decisión (Duelli
& Obrist, 2003; Fleishman et al., 2006). Sin
embargo, varios investigadores argumentan que
éstas no son mesuras suficientes en el diseño
y dimensionamiento de las compensaciones
ya que no captan adecuadamente la comple-
jidad de la diversidad biológica, y difieren en
sus prioridades de conservación (Noss, 1990;
Quetier & Lavorel, 2011). Siguiendo estas
consideraciones, una cuantificación del grado
de amenaza o del estatus de conservación de
especies suelen también incorporarse como
medidas de interés (Martín-López et al., 2009).
Otros indicadores empleados pueden ser atribu-
tos del hábitat que cuantifican su complejidad,
usos o estructura; entre ellos se encuentran la
distribución diamétrica de árboles, área basal,
alturas dominantes en coberturas boscosas,
estratos verticales y biomasa (Baca-Soto, 2017;
Mosqueda Lagunes, 2014).
Es importante apuntar que no existe un
indicador (o indicadores) de la biodiversidad o
del estado del ecosistema que puedan ser utili-
zados de forma universal (Failing & Gregory,
2003); por lo tanto, la equivalencia ecológica
debe ser evaluada por separado para cada obje-
tivo de la compensación. Así, algunos investi-
gadores recomiendan el uso de indicadores que
sean definidos de novo en cada caso particular,
mientras otros por el contrario prefieren indica-
dores predefinidos para determinar las pérdidas
y ganancias (Quetier & Lavorel, 2011).
Procedimientos de puntuación de los
indicadores: Las compensaciones a menudo
han sido dimensionadas exclusivamente a par-
tir de la superficie afectada por los impactos, es
decir: una determinada extensión de área de un
tipo de hábitat bien conservado reemplaza un
área similar de un mismo tipo de hábitat que
ha sido impactado. Hasta hace poco, esto era
generalmente el caso en la mitigación de hume-
dales en el EE.UU. (Hough & Robertson, 2009;
Wilkinson, 2008). Sin embargo, esta forma de
calcular la compensación es actualmente consi-
derada como un enfoque demasiado crudo de la
evaluación de las pérdidas y ganancias, ya que
hace caso omiso de las variaciones en la “cali-
dad” o “el estado” del ambiente, del hábitat de
una especie particular, o de los tipos de ecosis-
temas que se ven afectados por el impacto.
Si la evaluación de la equivalencia ecoló-
gica se basa en las pérdidas y las ganancias,
entonces es imprescindible seleccionar o desa-
rrollar indicadores apropiados (o combinacio-
nes de los mismos) y definir sus criterios de
puntuación (Butler, 2009).
Tiempo y equivalencia ecológica: Un paso
adicional en el análisis de compensación a par-
tir de la equivalencia ecológica es incorporar la
dinámica temporal en su evaluación. Esto plan-
tea dos cuestiones metodológicas importantes:
(1) seleccionar la línea base apropiada para el
cálculo de las pérdidas y ganancias
(2) el tener en cuenta los posibles retrasos
entre el momento en que ocurren las pér-
didas y cuando las ganancias son eficaces
(Bendor, 2009; Gibbons & Lindenmayer,
2007).
Demostrar que una compensación ha gene-
rado una ganancia en la biodiversidad requiere
una referencia contra la cual se pueda calcular
esa ganancia. La evaluación debe detallar cuál
sería el nivel de biodiversidad que se vería en
el sitio si la compensación no se produce, así
como especificar la base de referencia contra
la cual se evalúan las pérdidas.
Un aspecto crítico a considerar es
que los retrasos en implementar medidas
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compensatorias podrían incrementar el riesgo
de pérdidas netas. La solución más sencilla a
este problema es exigir que las compensaciones
sean implementadas antes de que ocurran las
pérdidas (Hough & Robertson, 2009). Cuando
las compensaciones se implementan sólo des-
pués de haberse producido los impactos, los
retrasos se pueden tomar en cuenta mediante
el sobre-dimensionamiento de las compensa-
ciones en proporción a las pérdidas temporales
(Quetier & Lavorel, 2011).
Incertidumbre: Considerable incertidum-
bre rodea la identificación y cuantificación de
las pérdidas derivadas del impacto, así como
posiblemente de las ganancias derivadas de
la compensación. Por ejemplo, Castiblanco et
al. (2009) distinguen varias posibles fuentes
de incertidumbre o de riesgo, entre ellas: (1)
La incertidumbre inherente a las valoraciones
ecológicas o económicas de los daños y de
los ecosistemas o hábitats a compensar. (2) La
probabilidad de fracaso de la compensación en
cuanto a alcanzar sus objetivos de conserva-
ción. (3) Incertidumbre asociada al seguimien-
to futuro de las medidas compensatorias. (4)
La posibilidad de que la compensación genere
impactos adversos. (5) Riesgos asociados a
fenómenos climáticos naturales que afecten
la compensación. (6) Empleo de técnicas de
restauración, inciertas o no comprobadas. Ade-
más, la evaluación de la equivalencia ecológica
tiene su propia incertidumbre también.
Es precisamente debido a la existencia
de estas incertidumbres que se justifica el
que la compensación “deba ser mayor que el
impacto”, tanto cuando la cuantificación se
trata de especies como cuando se trata de tipos
de hábitats. Cuando la restauración es viable,
la incertidumbre puede tenerse en cuenta al
dimensionar los requisitos de compensación a
través de enfoques probabilísticos (Moilanen et
al., 2009). Estos requieren datos sobre la fiabi-
lidad de las medidas de compensación, lo cual
raramente está disponible. De forma alternati-
va, algunos métodos utilizan un multiplicador
para aumentar el tamaño de los requisitos de
compensación con base en el éxito esperado,
utilizando datos parciales o cualitativos sobre
confiabilidad (Hruby et al., 2012). Por ejemplo,
en el método UMAM de la Florida, la proba-
bilidad de fracaso de las acciones de compen-
sación se toma en cuenta usando un factor de
riesgo basado en las experiencias previas en
la creación, restauración y rehabilitación de
humedales (Reiss & Hernandez, 2018).
Por otro lado, enfoques basados en dife-
rentes escenarios ofrecen una vía alterna para
considerar la incertidumbre. Usando el “peor
escenario posible” se pueden calcular las
ganancias esperadas y así dimensionar la com-
pensación. Los diferentes escenarios también
se pueden emplear para considerar los impactos
acumulados de los muchos proyectos de desa-
rrollo (planificados, probables y posibles) en
un área determinada.
Cualquiera que sea el método utilizado
para incorporar la incertidumbre en el diseño
y el dimensionamiento de los requisitos de
compensación, es esencial que el manejo de
las compensaciones sea adaptativo (Keith et
al., 2011), de manera que se garantice su con-
tribución a largo plazo para los objetivos de
conservación de la naturaleza.
9. Críticas a la compensación ambiental
¿Es siempre factible compensar?
En la jerarquía de la mitigación, la com-
pensación surge como una alternativa para
resarcir por impactos negativos inevitables.
Sin embargo, esta idea no está exenta de
inconvenientes. Algunos autores critican la
compensación al considerar que podría proveer
incentivos para minimizar o ignorar el requisito
de evitar o reducir impactos de proyectos en el
ambiente (Quetier & Lavorel, 2011). Moreno-
Mateos et al. (2015) incluso sostienen que la
compensación se convierte en un slogan que
legitima el desarrollo de un proyecto al repre-
sentar una “solución” al problema que este
plantea, generando la falsa impresión entre los
desarrolladores de que cualquier impacto puede
ser indemnizado (Cuperus, 2005). Además, se
corre el peligro de convertir la compensación
en un mero trámite más en la consecución de
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proyectos con efectos en el ambiente (Bonilla,
Sassa, et al., 2022).
Varios autores (Kiesecker et al., 2010;
Villarroya-Ballarín et al., 2014) sugieren que
en gran medida este problema parte de la débil
observancia de la jerarquía de la mitigación:
el uso ampliado de compensaciones resulta
de posiciones laxas a medidas que eviten o
minimicen los impactos de manera más efecti-
va. De hecho, existe un amplio acuerdo entre
académicos, científicos, formuladores de polí-
ticas y reguladores de que, en la mayoría de los
marcos de mitigación, el primer y más impor-
tante paso en la jerarquía de mitigación, evitar
los impactos, se ignora con más frecuencia
de lo que se implementa (Villarroya-Ballarín
et al., 2014).
La compensación puede además ser un
pobre o incompleto reemplazo de las pér-
didas sobre hábitats o sobre biodiversidad
(Burgin, 2008; Robertson, 2004), especial-
mente si consideramos ambientes únicos. Esa
singularidad es explicada por características
específicas del sitio, su historia y la comple-
jidad de sus procesos ecológicos, lo que hace
difícil poder reemplazarlos adecuadamente.
El resarcimiento debe procurar además ser
proporcional y equivalente. Por ejemplo, no
se intentaría mitigar la pérdida de turberas del
páramo por otro tipo de humedales en zonas
bajas; o sería contraproducente el reemplazo
de bosques maduros por coberturas boscosas
en otro estadio de sucesión.
Moreno-Mateos et al. (2015) también
sugieren que políticas de compensación podrían
erosionar la idea que subyace en la protección
de especies y hábitats, especialmente cuando
se enfatizan valores instrumentales sobre valo-
res ecológicos. Como ejemplo, estos autores
aluden al énfasis sobre compensar servicios
ecosistémicos que tiene la estrategia de bio-
diversidad de la Unión Europea (Millennium
Ecosystem Assessment Panel, 2005). Recorde-
mos que servicios ecosistémicos son definidos
como “beneficios que la gente obtiene de los
ecosistemas”, por lo que enfatizarlos podría
hacerlos más deseables que los ecosistemas
en sí mismos (p. ej. almacenar carbono podría
ser compensado o incluso mejorado mediante
la sustitución de bosques maduros por plan-
taciones forestales). Otro problema es que,
dada la complejidad de evaluar la totalidad de
los servicios ecosistémicos, solo unos pocos
son evaluados para sustituir (p. ej. servicios
de recreación). Restringir la compensación a
ciertos servicios trae implícita la idea de que la
naturaleza es solo un proveedor de beneficios
para los seres humanos, desvalorizando su pro-
pio valor y fin (Cole, 2021).
Las políticas de mitigación también han
sido criticadas por su pobre historial de ejecu-
ción y los pocos registros sobre la supervisión
efectiva de las compensaciones (Burgin, 2008;
Strange et al., 2002; Robertson, 2004). En este
sentido, en los planes de compensación se suele
definir un área determinada que eventualmente
es dejada como el aporte compensatorio ante el
impacto realizado, pero no suele haber ningún
seguimiento que permita efectivamente evaluar
el valor que esta área de compensación tenga
en la mitigación del impacto. Es decir, no se
implementan programas a posteriori que per-
mitan evaluar constantemente las capacidades
de resarcimiento ecológico del área ofrecida
como indemnización (Murcia et al., 2017).
Las objeciones anotadas en los párrafos
anteriores no deben ser tomadas a la lige-
ra. Consideramos que hay situaciones en las
que la compensación ambiental no debería
ser contemplada, como cuando el ambiente a
impactar tenga un nivel de singularidad biótica,
física o cultural muy alto, lo que imposibilita-
ría una compensación efectiva de las pérdidas.
Otra situación donde medidas compensatorias
podrían no ser pertinentes es en el caso de
recursos o áreas silvestres protegidas previa-
mente declarados en un nivel alto de protec-
ción. En esas circunstancias, la singularidad y
nivel de amenaza del recurso o del área silves-
tre limitarían su sustitución, lo que contraven-
dría la noción de una compensación adecuada.
En esos casos, las alternativas deberían enfo-
carse al proyecto: mejorando las medidas de
mitigación de sus impactos, o modificando el
proyecto para no afectar el ambiente sensible.
Una solución extrema sería simplemente no
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realizar el proyecto y sustituir sus objetivos por
otros desarrollos. A la luz del enfoque ecoló-
gico, donde el ambiente natural es prioritario,
semejantes acciones deberían ser plausibles.
DISCUSIÓN
La presión por los recursos naturales y el
incremento de proyectos de desarrollo y pro-
ducción hace necesario el establecimiento de
evaluaciones ambientales y medidas compen-
satorias para resarcir por los posibles efectos
negativos sobre el ambiente, procurándose un
equilibrio entre desarrollo económico y natura-
leza. La compensación ambiental corresponde
a medidas utilizadas como último recurso en
la jerarquía de la mitigación, cuando no es
posible subsanar los impactos negativos con
medidas preventivas o de mitigación (Díaz-
Reyes, 2014). Las medidas compensatorias
deben procurar no solo una proporcionalidad
para resarcir los impactos, sino además intentar
una ganancia neta ambiental o al menos procu-
rar no incurrir en pérdida neta.
Como un instrumento técnico de indem-
nización, la compensación puede realizarse
bajo diferentes enfoques teóricos: económico,
social, político o ecológico. Pese a ser frecuen-
temente empleado, el enfoque económico es
quizás el más arriesgado, ya que traslada la
proporcionalidad al campo financiero, lo que
no necesariamente garantiza una sustitución
en elementos de biodiversidad u otros compo-
nentes ambientales afectados (Martínez-Alier
et al., 1998). Un caso extremo sucede a la
hora de tasar impactos sobre recursos únicos o
insustituibles, que bajo este enfoque pueden ser
cambiados por capital monetario.
En el enfoque ecológico, la proporcio-
nalidad se establece sobre los componentes
ambientales afectados, sean estos biodiver-
sidad, funciones ecológicas o servicios eco-
sistémicos. Además es más integral al basar
las medidas compensatorias en equivalencias
ecológicas y en tasaciones económicas que
parten del principio de economía ecológica,
donde los impactos pueden ser irreversibles y
no siempre sustituibles con dinero. La actitud
precautoria en favor del ambiente y la búsqueda
de ganancia ambiental neta constituyen el eje
central en este enfoque.
Diversas metodologías han sido postuladas
para evaluar la proporcionalidad y equivalencia
de las medidas compensatorias bajo el enfoque
ecológico. En general, se trata de procedimien-
tos estandarizados y simples que facilitan la
interpretación del personal técnico de las agen-
cias evaluadoras a partir de la identificación
de componentes a compensar, sus indicares
y el peso que estos tienen en la valoración.
Estas evaluaciones proveen una base para esti-
mar sustituciones proporcionales de los com-
ponentes ambientales afectados (Bruggeman
et al., 2005).
La compensación ambiental debe favore-
cer el derecho universal a un ambiente sano,
un precepto fundamental en la legislación de
la mayoría de países en el mundo, que además
está amparado por tratados internacionales y
por las regulaciones ambientales de las agen-
cias que financian proyectos para el desarrollo.
Sin embargo, como instrumento de gestión, la
compensación corre el peligro de constituirse
en un mero trámite burocrático, o de licen-
ciar cualquier proyecto incluso aquellos que
comprometen el ambiente. La apreciación de
componentes ambientales primariamente por
su carácter utilitario, como puede suceder al
enfatizar servicios ecosistémicos o componen-
tes económicamente relevantes de la biodiver-
sidad, puede llevar a medidas compensatorias
inadecuadas para asegurar una ganancia neta y
de calidad en términos ambientales.
Declaración de ética: los autores declaran
que todos están de acuerdo con esta publica-
ción y que han hecho aportes que justifican
su autoría; que no hay conflicto de interés de
ningún tipo; y que han cumplido con todos los
requisitos y procedimientos éticos y legales
pertinentes. Todas las fuentes de financiamien-
to se detallan plena y claramente en la sección
de agradecimientos. El respectivo documento
legal firmado se encuentra en los archivos de
la revista.
17
Revista de Biología Tropical, ISSN: 2215-2075, Vol. 70 (Supl. 1): e52281, Diciembre 2022 (Publicado Ago. 30, 2022)
AGRADECIMIENTOS
Este trabajo se enmarca en los proyectos
B6A02 de la Vicerrectoría de Investigación y el
ED-3585 de la Vicerrectoría de Acción Social
de la Universidad Costa Rica. Los autores agra-
decen a la Organización para Estudios Tropica-
les (OET) por su apoyo en labores de logística.
RESUMEN
Introducción: La generación de impactos negativos pro-
ducto de proyectos de infraestructura o actividades de desa-
rrollo generan pérdida de biodiversidad y reducción de la
calidad de los servicios que el ambiente provee a socieda-
des humanas. Afortunadamente, muchos de esos impactos
pueden ser reducidos, controlados o resarcidos por medio
de medidas de mitigación, rehabilitación y compensación,
que suelen sustentarse en el marco jurídico ambiental de
los países o estados donde son implementados. Esta revi-
sión provee una visión teórica del uso de compensación
ambiental como instrumento jurídico/técnico integrado al
manejo del entorno natural.
Metodología: Realizamos una revisión de la literatura glo-
bal sobre el tema mediante los buscadores de referencias
GoogleScholar y SciELO empleando varios indicadores en
inglés y español.
Resultados: Un total de 244 referencias sobre compensa-
ción ambiental fueron encontradas, catalogadas y evalua-
das, mostrándose un claro patrón de incremento del número
de ellas en la última década. La compensación ambiental
constituye un instrumento jurídico/técnico que permite
resarcir por pérdidas ambientales y suele ser un compo-
nente de los Estudios de Impacto Ambiental regulado por
el estado. Varias estrategias metodológicas son empleadas
para establecer acciones compensatorias, cada una de ellas
sustentada en alguno de cuatro enfoques posibles: eco-
nómico, ecológico, político y cultural/social. Dentro del
enfoque ecológico, se busca la equivalencia ecológica entre
los elementos ambientales impactados y la compensación,
procurando que no exista pérdida neta. Así, este enfoque
tiene la ventaja de posibilitar la incorporación de múltiples
criterios para la evaluación del daño y de las acciones de
indemnización, por lo que es posible de aplicar en situacio-
nes diversas. A pesar de su uso, la aplicación de medidas
compensatorias no está exenta de crítica y hay situaciones
en que la singularidad de los elementos impactados imposi-
bilita un resarcimiento efectivo de las pérdidas.
Conclusiones: La compensación tiene gran relevancia
actualmente en la gestión ambiental y debe favorecer el
derecho universal a un ambiente sano. Sin embargo, su
aplicación efectiva requiere claridad en los procedimientos
seguidos y una muy estrecha vigilancia prevenir pérdidas o
incluso una ganancia neta ambiental.
Palabras clave: medio ambiente; biodiversidad; equi-
valencia ecológica; equivalencia económica; evaluación
ambiental.
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