Revista de Ciencias Jurídicas N° 160 (1-13) ENERO-ABRIL 2023
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anteriormente,
encuentra prevista en el derecho comparado.
Busca proteger uno o varios elementos del ambiente como intereses jurídicos en sí mismos,
en
biológica,
(intra e intergeneracional) y de las demás especies (interespecies).
Aplicada a ecosistemas fluviales, tiene por finalidad preservar en las mejores condiciones
ecológicas
conservando su belleza escénica y riqueza de su biodiversidad, así como proteger las áreas
de recarga y los acuíferos de los manantiales, junto con los valores históricos y culturales
comprendidos dentro de la cuenca hidrológica.
Su principal fortaleza es la de lograr prohibir a la Administración la habilitación de nuevos
proyectos
materiales
cuenca hidrológica como unidad de gestión (enfoque ecosistémico), suspendiendo a la vez,
las solicitudes pendientes de aprobación ante instancias administrativas, siendo además, lo
suficientemente flexible para admitir excepciones temporales a su aplicación por razones de
emergencia o en beneficio de las comunidades ubicadas en la cuenca.
Como debilidades pueden citarse el no contar aún con disposiciones generales y uniformes
que establezcan, de forma clara y precisa, su contenido y alcances y no desplegar efectos
jurídicos
vigor.
El reto primordial para su implementación efectiva es contar con un eficiente mecanismo
estatal
llegaren
voluntarios y de mercado, tales el pago de servicios ambientales r incentivos fiscales a los
propietarios privados ubicados dentro del sitio titular de las salvaguardas ambientales.
A manera de cierre, en palabras del profesor Michel Prieur: "Existen ya mecanismos en el
Derecho,
tanto
a
nivel
estatal
como
internacional,
suficientes
para
combatir
la