Revista de Ciencias Jurídicas N°160 (1-34) ENERO-ABRIL 2023
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existan nuevos derechos humanos, al contrario, lo que critica es la proliferación de éstos en
la
sociedad

actual,

porque

es

hasta

una

moda

catalogar

a

todo

como

derecho

humano,

y
lograr así justificar su fundamentación.
Puntualmente,
en

cuanto

al

derecho

a

la

integridad

mental,

se

trata

de

un

“nuevo
derecho
humano.”
Los
neurocientíficos
exigen
que
se
regulen
estos
nuevos
“neuroderechos”,
pero

ellos

no

son

los

académicos

especialistas

que

analicen

si

se

va

a
poder
regular

el

derecho,

si

ya

existen

regulaciones

que

lo

contemplen,

o

si

basta

con
escribirlo en un papel sin considerar las acciones para hacerlo realidad.
Se considera que el derecho a la integridad mental debe regularse como un derecho
humano. Actualmente, se trata de solo una expectativa o pretensión de derecho humano, un
derecho
débil

como

dice

Bobbio.

De

los

avances

vertiginosos

de

la

neurociencia,

y

su
evolución
en

la

sociedad,

se

hace

necesario

limitar,

controlar

y

proteger

de

las

malas
manipulaciones lo que se puede hacer con los nuevos datos que se desprenden de la ciencia.
La
información

nueva,

las

nuevas

tecnologías,

son,

como

dijo

Rafael

Yuste

61
,

neutrales,
pero
su

uso

puede

significar

curar

o

tratar

enfermedades

neuronales,

o

manipular

la
información que tiene una persona a gusto del operador de la tecnología. El riesgo es alto, y
claramente el derecho no avanza al mismo paso que la sociedad y sus necesidades.
La observación que se debe plantear es no caer en la tentación
de fundamentar la
regulación
de

este

derecho

según

la

denominada

“sobreideologización”

de

los

derechos
humanos. En esto se comparte lo que señala María José Fariñas:
“Es
decir,

se

trataría

de

llevar

a

cabo

una

‘crítica

ideológica’

cuyo

objetivo
consistiría en desenmascarar una determinada “sobreideologización” dominante en
el ámbito los derechos humanos, la cual utiliza su propia y unilateral interpretación
de
la

realidad

como

mecanismo

de

control

y

cohesión

social,

al

igual

que

como
medio de dominación política, cultural, económica y medioambiental.”
62
Se
concuerda

con

lo

dicho

por

la

autora

Fariñas

y

su

crítica

ideológica.
Actualmente, se justifica todo como parte de un derecho humano, o que todo es porque se
respetan los derechos humanos. No en pocas ocasiones, se trata de una máscara o telón que
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RETINA

Tendencias,

"¿Qué

son

los

‘neuroderechos’

y

por

qué hay

que

protegerlos?",

YouTube,

16

de
noviembre de 2021, video, XXXX, https://www.youtube.com/watch?v=SU6AOZwzyCY.
62
María José
Fariñas Dulce, Los derechos humanos: Desde la perspectiva sociológico-jurídica a la actitud
postmoderna, 2a ed. (Dykinson: Fundación El Monte, 2006), 16.