BÁRBARA EVA SOTO PRATS: El Derecho Humano a la Integridad Mental
18
También,
la

revolución

en

la

neurociencia

ha

permitido

lo

que

se

denomina

el
“neuromarketing”. Es el uso del conocimiento de la neurociencia en generar mercadeo, en
vender.
Así,

por

medio

de

estudios

realizados

a

los

cerebros

de

consumidores

han
establecido pautas de respuestas de los consumidores a imágenes, anuncios, etiquetas, redes
sociales,
entre

otras

formas

de

mercadeo.

Hoy

en

día,

varias

empresas

multinacionales
como
Google,

Disney,

CBS,

y

Frito-Lay

utilizan

los

servicios

de

investigación

en
neuromarketing para medir las preferencias e impresiones de los consumidores respecto de
sus anuncios o productos.
40
Ahora bien, la regulación de la manipulación de este conocimiento no ha sido tan
vertiginoso como la revolución de la neurociencia y neurotecnología. Primeramente, solo se
hablaba de la integridad personal, y dentro de ésta se incluía la integridad física, integridad
psíquica e integridad moral. Pero, como se ha señalado en anteriores acápites, la integridad
mental es distinta o más específica.
Es
claro

el

innegable

ligamen

entre

los

sistemas

legales

y

la

neurociencia,

son
aliadas
naturales.

Mientras

que

la

neurociencia

estudia

los

procesos

cerebrales

que
subyacen al comportamiento humano, los sistemas legales se ocupan por antonomasia de la
regulación
del

comportamiento

humano.
41

Reconocer

este

ligamen

sería

un

avance

para
los
mismos

sistemas

legales.

Por

ejemplo,

la

contribución

de

las

técnicas

de

imágenes
cerebrales
puede

ser

evidencia

para

contribuir

a

la

decisión

de

responsabilidad

penal.
También,
estas

técnicas

pueden

ayudar

a

establecer

si

la

pena,

eventualmente,

cumple

la
función rehabilitadora y la evaluación de su riesgo de reincidencia.
El derecho a la integridad personal es ampliamente reconocido desde hace años por
el derecho positivizado y por los tribunales de justicia. “El derecho a la integridad personal
es aquel derecho humano fundamental que tiene su origen en el respeto a la vida y sano
desarrollo
de

ésta.”
42

Desde

el

Estatuto

del

Tribunal

Militar

de

Nuremberg

de

1945,

la
Declaración
Universal

de

Derechos

Humanos

de

1948

(artículo

5),

los

Convenios

de
40

Marcello

Ienca

y

Roberto

Andorno,

"Towards

New

Human

Rights

in

the

Age

of

Neuroscience

and
Neurotechnology", Life Sciences, Society and Policy 13, n.º 1 (abril de 2017), https://doi.org/10.11 86/s40504-
017-0050-1.
41

Oliver

Goodenough

y

Micaela

Tucker,

"Law

and

Cognitive

Neuroscience", Annual

Review

of

Law

and
Social Science 6 (diciembre de 2010), https://doi.org/10.1146/annurev.lawsocsci.093008.131523.
42

José

Miguel

Guzmán,

"El

derecho

a

la

integridad

personal",

en

Primer

congreso

nacional

de

derechos
humanos
(s.
f.),
XXXX,
consultado
el
26
de
mayo
de
2022,
http://cintras.org/textos/congresodh/elderechoalaintegridadjmg.pdf.