Revista de Ciencias Jurídicas N°160 (1-34) ENERO-ABRIL 2023
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otra
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,
humanos, han levantado la mano y manifestado su parecer. Es decir, el derecho no siempre
surge del derecho mismo, la sociedad también marca la pauta de lo que necesita -o desea-
se regule. Es el papel de la sociedad en el derecho que no se debe pasar por alto, y que en
este
especialmente, los neurocientíficos.
El
cualquier
fundamentadas
derecho.
condicionado por factores como el conocimiento científico, el progreso de la tecnología, así
como
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Corresponde, ahora sí, al investigador del derecho analizar la situación social, extraerse de
esa
derecho.
Este comentario es muy atiente respecto del derecho a la integridad mental. Si se
revisan
derecho a la integridad mental. Por ello, estudiar sus bases y concepto no se encuentran en
los
neurociencia. Ellos son los que acuñaron el término “neuroderechos” y son los propulsores
de
postulan los llamados neuroderechos: derechos humanos específicamente referidos al uso y
aplicaciones de las neurotecnologías.”
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Puntualmente, el primer acercamiento que se pretende dejar claro es la novedad del
derecho
antecedentes
neurociencia y, últimamente, en investigaciones de académicos de sociología del derecho y
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Por ejemplo, Jan Christoph Bublitz, Reinhard Merkel, Marcello Ienca, Roberto Andorno, entre otros.
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