El problema de la vagancia: una propuesta de enfoque teórico desde la historia del trabajo, a partir del caso de Costa Rica en el siglo XIX

Adriana Sánchez Lovell

Resumen

Se propone un modelo teórico para el estudio de la vagancia desde la perspectiva de la historia del trabajo y la historia de la criminalidad, a partir de un análisis de los antecedentes de estudio, principalmente de Europa, América del Norte, Sur y Central, entre finales del siglo XIX y principios del siglo XX. Se toma como caso empírico a Costa Rica, desde su etapa colonial, luego independiente y hasta su consolidación en el mercado internacional. La investigación atendió las causas y los procesos subjetivos y materiales por medio de los cuales se impuso la obligación de trabajar o de tener modo de subsistencia conocido.

Palabras claves: trabajo, derecho laboral, relaciones laborales, capitalismo, Costa Rica.

Vagrancy as a problem: a theoretical approach to the Costa Rica’s experience using history from below

Abstract

This paper focuses on a theoretical model for the study of vagrancy from the perspective of Labor and the Criminality History. The background is the transition from colonial mode of production towards the consolidation of capitalism, based on subjective and material processes through which vagrancy was persecuted, and worked under certain circumstances became an obligation.

Keywords: work, labor laws, working relations, capitalism, Costa Rica.

Fecha de recepción: 10 de agosto de 2015 Fecha de aceptación: 15 de abril de 2016

Adriana Sánchez Lovell Licenciada en Psicología, M.Sc. y doctorando en Historia de Centroamérica. Labora como docente en la Escuela y el Posgrado en Historia, así como investigadora en el Instituto de Investigaciones Sociales de la Universidad de Costa Rica. Contacto: adrilovell@gmail.com

 

Introducción

El presente artículo presenta una discusión teórica relativa al problema de la vagancia, la cual ha sido estudiada principalmente desde el derecho, la medicina, la sociología y la historia. En los estudios abordados por la historia social y económica, la vagancia ha sido objeto de la historia del trabajo y la historia de la criminalidad. En este artículo, luego de aproximarnos al problema de cuáles fueron las transformaciones en el mundo del trabajo que se produjeron en el proceso histórico mediante el cual se institucionalizó la obligación de trabajar o de tener modo de vida conocido en Costa Rica esto en el marco de las disputas por el control hegemónico de los cuerpos y las subjetividades de las fuerzas productivas (1811-1890), vamos a plantear un enfoque teórico para el estudio histórico de la vagancia.1

En el periodo comprendido entre las últimas décadas del siglo XIX y las primeras décadas del siglo XX, hubo una tendencia global a la promulgación de leyes en contra de la vagancia. La revisión comparada de la bibliografía suramericana y europea acerca de la vagancia, revela que su represión y castigo ejemplar, fueron de vital importancia en el marco de las lógicas de dominación hegemónica de las economías capitalistas y particularmente, para generalizar la compulsión al trabajo. En dicho periodo, las leyes europeas y las dinámicas represivas en contra de la vagancia se gestaron en un clima de alta conflictividad social, ligada a incrementos en la producción industrial y a la dramática descomposición del campesinado. Por aquellos años, en América Latina, las leyes contra la vagancia fueron impuestas principalmente por los gobiernos liberales, afianzados en el poder económico y el control estatal. Mientras que en Europa, se trata de un poderío estatal en recomposición, en el marco del ocaso de grandes imperios. De manera que se procederá a discutir y a categorizar los temas sobre los que se encuentra investigación acerca de la represión de la vagancia, pasando revista a sus orígenes desde las teorías predominantes en Europa, su punto de encuentro con América Latina y las particularidades del caso centroamericano.

 

 

Un estudio sobre la represión de la vagancia en Costa Rica

A lo largo del siglo XIX, Costa Rica transitó desde una economía donde la agricultura de subsistencia estaba en la base de la vida cotidiana, hacia una progresiva mercantilización de la fuerza de trabajo; al respecto, interesan los mecanismos de control de la mano de obra dependiente, así como las relaciones entre acumulación, desposesión de la tierra y división del tiempo y espacio de trabajo. En este siglo se gestaron transformaciones muy importantes en las relaciones laborales y condiciones socioproductivas, que fueron resistidas mediante la transgresión, la huida y la evasión, así como la defensa de determinados modos de vida y de ciertas dinámicas de explotación de la tierra y la mano de obra.

En Costa Rica, desde los primeros años de la Colonia, bandos, reglamentos y otras disposiciones de distinta naturaleza, institucionalizaron la represión de la vagancia. El marco legal dentro del cual se construyó su definición y prohibición sufrió transformaciones conforme se desarrolló el Estado independiente, federal y republicano, así como se adecuaron las penas y los castigos al contexto económico productivo y a los intereses de grupos dominantes como los productores cafetaleros. De manera que se analizó la construcción de prácticas y discursos en relación con el trabajo, el ocio y el descanso, y se dio cuenta de la organización del trabajo, atendiendo a las tensiones entre las perspectivas hegemónicas y contrahegemónicas, visibles en las praxis, los juicios de valor y los afectos contenidos en la Costa Rica de los siglos XVIII, XIX y principios del XX.

El aparato represivo tiene consecuencias más limitadas que el convencimiento y la sumisión de las conciencias, por lo que generalmente la represión de la vagancia tiene paralelo con otros mecanismos que impulsan el cambio social. El sentido del deber y el mecanismo de la culpa por no cumplir una jornada, una vez interiorizados, son más efectivos que obligar al cumplimiento de esa misma jornada mediante vigilancia y coerción. Se persigue el ideal de sujeto que sin necesidad de vigilancia externa dedique más horas al trabajo, que al sueño y la diversión. Hoy en día, el sistema pasó de instituir la obligación de trabajar, al modelo de flexibilización y precarización laboral dado el desequilibrio entre oferta y demanda, el abandono de buena parte de las políticas de protección social alcanzadas mediante las luchas de los trabajadores a lo largo del siglo XX y asistimos a una severa contracción de la demanda de mano de obra, caracterizada por la predominancia de actividades del sector terciario de la economía sobre los sectores primario y secundario.

El proceso de diferenciación social ligado al control de los cuerpos y las subjetividades de las fuerzas productivas durante el siglo XIX, derivó en nuevas formas de ser y de relacionarse con el mundo. En este contexto, las preguntas en torno a las cuales giró el estudio fueron: 1) ¿Cómo se expresaron las estructuras de dominación colonial, en la prohibición y la persecución de la vagancia en Costa Rica (1750-1821)?; 2) ¿Cuáles fueron los discursos y las primeras políticas impulsadas en la Costa Rica independiente, que fundamentaron el modo de trabajar y que ordenaron la condena social de la vagancia, el ocio y el mal entretenimiento (1821-1840)?; 3) ¿Cómo fue el proceso de formación del Estado nación y sus relaciones con la institucionalización laboral en Costa Rica (1840-1863)?, y 4) ¿Cuáles fueron las estrategias en las que se basó la implementación y puesta en práctica de las leyes contra la vagancia en Costa Rica, en correspondencia con los valores morales asociados al trabajo y la progresiva interiorización del trabajo asalariado (1863-1890)? (Sánchez, 2013).

El enfoque teórico se construyó a partir de la historia del trabajo y de estudios acerca de la organización del trabajo, las jornadas laborales, la economía moral y las costumbres populares (Thompson, 1967, 1978, 1994, 1995). Asimismo, fue fundamental la comparación con la historiografía francesa respecto a la historia del control social desde la microfísica del poder de Michel Foucault y la crónica del trabajo asalariado, el cual tiene en sus orígenes la represión moderna de la vagancia, con Robert Castel. Con base en este marco, se estudió la formación de las instituciones políticas y jurídicas y los conflictos sociales a escala vecinal, local y nacional, y dada la amplitud del periodo de estudio, fue posible reflexionar acerca de los cambios en la penalización de la vagancia de acuerdo a los avatares políticos y económicos por los que atravesó Costa Rica, como provincia colonial, estado miembro de la región centroamericana y país independiente.

La estrategia metodológica se basó en la búsqueda, sistematización, categorización y análisis de narrativas contenidas en las fuentes documentales, lo que opera mediante triangulación metodológica y siempre que fue posible, también se implementó la triangulación analítica. Entre las fuentes se incluyó: diarios de viajero, notas de la prensa escrita, discursos presidenciales, leyes, reglamentos, decretos, disposiciones, cartas personales, expedientes policíacos y judiciales, testimonios, literatura, artículos periodísticos, boletines y comunicados. Este ejercicio también se alimentó del análisis del discurso cuando se creyó conveniente, el cual comprendió a los textos, los intertextos y el contexto en que fueron emitidos. En algunos casos, fue posible seguir la huella a su recepción o a algunas reacciones que suscitaron.

La periodización del estudio se hizo a partir del análisis cruzado de fuentes y antecedentes nacionales e internacionales, con el fin de identificar variaciones en las dinámicas de la persecución de la vagancia en el largo plazo, frente a coyunturas políticas determinadas y continuidades o transformaciones tanto de índole económica como social. Se historizó las leyes e instituciones encargadas de normativizar y reprimir la vagancia entendida como el incumplimiento de la normativa laboral en Costa Rica, y las relaciones entre ocio, trabajo y descanso, así como los discursos y la moral acerca del trabajo, la laboriosidad, el ocio, los vicios y la vagancia. A continuación, se procede a inscribir la represión de la vagancia en su dimensión global.

 

 

La represión global de la vagancia (siglos XII-XX)

La historia de la represión de la vagancia en Europa puede rastrearse a través del milenio pasado. Allí, a inicios del siglo XII, los monarcas persiguieron las bandas de vagamundos con la justificación de que atentaban en contra de la centralización del poder político. Más adelante, desde la segunda mitad del siglo XIV, se reprimió a quienes a pesar de tener capacidad para el trabajo, no lo ejercieran, con lo que se conformó un heterogéneo contingente que agrupó a locos, enfermos, mendigos, ancianos, etc. Posteriormente, con la Revolución Industrial, sobrevino una tercera oleada de represión contra los vagos, cuando los nacientes Estados nación empiezan a mediar entre los intereses del capitalista y de los proletarios (Castel, 1997).

Afectada Francia por la peste y en la peor etapa de la guerra de los Cien Años, la mano de obra empieza a ser un bien escaso. En este contexto, tienen sentido los códigos laborales, que empiezan a limitar la movilidad naciente, en un proceso de desconversión, por medio del cual, una movilidad desordenada coexistía con la rigidez de las estructuras prevalecientes. En palabras de Castel (1997):

Ellos [los códigos] exigen la fijación de los trabajadores en su territorio y en su condición, en el campo para mantener o intensificar la productividad de la tierra, o en la ciudad para mantener la productividad del trabajo industrial en el marco de los monopolios corporativos. Pero se sigue que los elementos “liberados” de estas estructuras por haber sido expulsados o por tender a liberarse de ellas se encuentran en una posición de outkast. (pp. 86-87).

Buena parte de estos vagantes no pueden considerarse miembros del ejército de reserva, porque por lo general se trata de individuos desterritorializados o socialmente rechazados, quienes a pesar de estar disponibles no eran inmediatamente enrolables, lo cual se postergó hasta la Revolución Industrial (Castel, 1997).

En Europa Central, la represión de la vagancia fue una política fundamental desde el fin del Medioevo, que sirvió para ensayar algunas de las penalizaciones más extremas. Por ejemplo, en Inglaterra (1547), Eduardo VI proclamó la esclavitud como castigo por el delito de vagancia, vigente hasta la rebelión de 1549 (Davies, 1966).

Interesa subrayar la conceptualización que realiza Castel (1997) respecto al vagabundo como aquel que ha roto el pacto social: “ese hombre sin trabajo ni bienes era también un hombre sin amo y sin familia y sin hogar” (p. 91). Así, la criminalización del vagabundo se generaliza, pese a que en la mayoría de los casos no coincidiera con el prototipo sociológico del vagabundeo, sino que se trata de “pobres diablos llevados a ese estado por el aislamiento y la miseria social, la falta de trabajo y de apoyo relacional” (Castel, 1997, p. 105). De manera que estas políticas no expresan únicamente la utopía de erradicar la vagancia, sino que se trata de medidas para contener a los frágiles y vulnerables sociales, al tiempo que se reduce la brecha entre el desarrollo político y el económico.

En las sociedades basadas en la sociabilidad primaria, con la aplicación al trabajo se ganaba la pertenencia comunitaria y el derecho a ocupar un espacio, pero cuando las sociedades se complejizan y se instalan la política, la economía y lo social, se imposibilita esta respuesta global y poco diferenciada. Es así como la asistencia a los carentes pasó a ser el objeto de prácticas especializadas: “el hospital, el orfelinato, la distribución organizada de limosnas, son instituciones sociales” (Castel, 1997, p. 41).

En adelante, la expulsión sería paulatinamente sustituida por el encierro en espacios especializados, con al menos un bosquejo de profesionalización y tecnificación de los procesos, por ejemplo, mediante selectividad y exclusión, en tanto no bastaba con estar desprotegido para merecer la asistencia, pues esta se determinaba con base en requerimientos tales como la pertenencia comunitaria y la ineptitud para el trabajo (Castel, 1997).

El siglo XVI no hizo más que sistematizar el movimiento que se venía preparando desde los siglos anteriores: “la pobreza se convirtió en objeto de un gran debate público, alimentado por las controversias del Renacimiento y la Reforma. Entre 1522 y mediados de siglo, unas sesenta ciudades europeas adoptaron un conjunto congruente de disposiciones” (Castel, 1997, p. 53); entre ellas: 1) exclusión de los extranjeros, 2) estricta prohibición de la mendicidad, 3) empadronamiento y clasificación de los necesitados, y 4) socorro diferenciado según la categoría de beneficiarios. A su vez, la exclusión de los extranjeros y los vagabundos del universo asistencial, permitía socorrer sistemáticamente a indigentes, desvalidos, etc. (Castel, 1997, p. 53).

Una ética del trabajo opuesta a la miseria y a la pobreza, será la contracara ideológica del primer auge industrial y justificará la formación de lugares de constreñimiento forzoso, en los cuales la falta moral es castigada conforme a una atribución administrativa: “por primera vez, se instauran establecimientos donde se logra una asombrosa síntesis de obligación moral y ley civil. El orden de los Estados no tolera ya desórdenes del corazón” (Foucault, 1998, pp. 119-120). Lo nuevo aquí no es que la falta contravenga el orden de la ciudad, sino que sea administrada tal y como se haría en materia económica o comercial:

Vemos así aparecer en las instituciones de la monarquía absoluta en las que tanto tiempo permanecieron como símbolo de su arbitrariedad la gran idea burguesa, y en breve republicana, que la virtud es también un asunto de Estado, el cual puede imponer decretos para hacerla reinar y establecer una autoridad para tener la seguridad de que ésta será respetada. (Foucault, 1998, pp. 119-120).

Las relaciones de competencia y complicidad entre los poderes del Estado y la Iglesia originaron instituciones como hospicios, prisiones, casas de fuerza, obras de religión y orden público, de socorro y de castigo, de caridad y legitimidad, que encuentran su contraparte en los correccionales alemanes y las workhouses inglesas (Foucault, 1998).

Es preciso detenerse en el siglo XVIII, cuando las casas de trabajo inglesas emergieron en el contexto de las consecuencias negativas de la Revolución Industrial y el desempleo masivo en las ciudades, con el doble propósito de emplear a los obreros y de producir a bajo costo. En los casos mencionados está presente la intención de someter al pueblo al poder dominante y de evitar revueltas masivas causadas por el descontento generado por el hambre, las privaciones y el desarraigo propios de la producción en el mercado capitalista. El sujeto errante, desvinculado, pasa a ser objeto de sospecha y los Estados absolutistas superan las prácticas medievales de expulsión de su territorio, para someter al individuo a tratamientos y castigos gestados por el poder estatal, lo que sirvió para implementar políticas dirigidas a producir sujetos útiles a través de la intervención sobre el sujeto calificado como desviado. Sin embargo, concebidos los correccionales como una oportunidad para el desarrollo de las manufacturas y el empleo de los pobres, los empresarios británicos protestaban por la competencia, mientras en Francia se criticó el uso de la mano de obra barata en los correccionales: “es darle a uno lo que se quita al otro, poner un vagabundo en el lugar de un hombre honrado, y obligar a éste a encontrar un trabajo para hacer vivir a su familia” (Foucault, 1998, p. 109).

España, por su parte, constituye una economía predominantemente agraria (Martínez, 1993), que afronta problemas sociales derivados del colapso del sistema de los Habsburgo, recrudecidos por crisis agrarias. Esto hizo surgir políticas preventivas para proveer de trabajo a los desocupados y políticas represivas encaminadas a someter a estos individuos al encierro o a trabajos forzados, así como al utilitario servicio de las armas, con fundamento en la reducción de los gastos del Estado y la prevención de la contaminación social, resultante del ocio, los vicios y la holgazanería.

Lo que no desaparecerá, ya para finales del siglo XVIII, es el valor de ejercicio ético y de garantía moral inherente al trabajo, que tuvo como correlato el castigo y el requisito del aprendizaje de oficios “convenientes al sexo y la ocupación” de los acusados. Las rehabilitaciones implicarán la ocupación de los internos en labores que aunque económicamente inútiles, no tienen más fin que combatir la ociosidad, madre de todos los vicios.2

La represión de la vagancia fue un fenómeno global que se extendió desde Europa hacia sus colonias. Por ejemplo, en Nairobi, Kenia, fue sistemático el envío de los menores de 16 años que anduviesen vagando por las calles a centros administrados por las misiones cristianas, donde se les pretendió inculcar una ética de trabajo (Ocobock, 2006).3

 

 

La legislación laboral contra la vagancia en las sociedades industrializadas

En el mismo siglo del conflicto ciudad-campo en Francia, las leyes laborales inglesas se impusieron para regular las jornadas y los salarios que debían recibir los trabajadores. A pesar de que la peste y la mortalidad asociadas aumentaron la demanda de mano de obra, en Francia se generó una situación de desempleo paradójica, incrementándose la mendicidad. Mientras tanto, los trabajadores industriales ingleses conservaron relativamente buenas condiciones laborales y productivas hasta avanzado el siglo XVIII, cuando los economistas británicos se enfrascaron en discusiones respecto a: 1) si era conveniente aminorar los salarios y ampliar las jornadas, 2) cómo someter a los obreros a jornadas como las de los trabajadores en el campo y 3) aquellos que sostenían que el emprendedurismo de la clase obrera inglesa se atribuye a los beneficios laborales (Marx, 1973). Lo anterior patentiza que no puede reducirse las condiciones de trabajo a las leyes de la oferta y la demanda, ni al excedente o carestía de mano de obra (Castel, 1997).

Aunque durante el siglo XVIII la mayoría de los establecimientos fabriles carecían de los medios para imponer el trabajo durante toda la semana, esta práctica se generalizó en casi todo el siglo XIX, lo cual se acrecentó con la modernización de los medios de producción. Este cambio conllevó la implementación de la legislación fabril entre 1833 y 1864, momento en el cual las leyes inglesas se endurecieron y decretaron jornadas de trabajo conforme a las relaciones productivas que se venían desarrollando en las fábricas: 1) para los adultos de seis días a la semana hasta por 15 horas diarias, 2) para los niños, hubo leyes progresivas por edad, que fijaron las jornadas de 12 a 8 horas. Para 1833, se admitía que mayores de 13 y menores de 18 años trabajasen 12 horas diarias, y que menores de 13 y mayores de 9 años lo hicieran por 8 horas (Marx, 1973).

Existen distintas razones que justifican el que las fábricas hayan funcionado como un laboratorio de los cambios en el control sobre las y los trabajadores, entre ellas, la necesidad de sincronización de procesos productivos. A propósito, E. P. Thompson (1967) cuestiona cómo afectó este cambio en el sentido del tiempo a la disciplina de trabajo y hasta qué punto influyó en la percepción del tiempo de la clase trabajadora. Además, realiza un breve pasaje por la manera en que distintas sociedades premodernas conciben, representan y miden el tiempo, de acuerdo a la duración de sus actividades productivas, orientadas a metas, actividades o condicionantes ambientales, tales como la dirección del viento, la duración del tostado de maíz y el tiempo de un credo, modos que coexisten en las sociedades rurales inglesas con el tiempo medido por las manecillas del reloj.

Respecto a la organización del tiempo en la sociedad agraria, Thompson (1995) identifica tres características: 1) se hace en función de la necesidad de atención a tareas, lo cual cobra más sentido para los implicados, 2) se realiza de modo distinto al tiempo impuesto desde afuera por la precisión y externalidad del reloj, pues no existe una división arbitraria entre el tiempo de trabajo y el tiempo para la vida, y 3) para un observador externo acostumbrado a los ritmos impuestos por el reloj, esta organización parece un desperdicio de tiempo, desprovisto de urgencia. A propósito, Thompson (1995) prefiere la distinción de Lucien Febvre entre tiempo vivido y tiempo medido, a la propuesta de Henry Lefebvre, quien distingue el tiempo cíclico del lineal, posiblemente porque la primera aproximación responde a la manera en que es experimentado por los miembros de estas economías “primitivas”. Sin embargo, la cuestión se complejiza cuando el tiempo de trabajo campesino pertenece a otro, en cuyo caso, se administra por unidad de tiempo o tareas, a menudo a conveniencia del contratante.

Según David Bright (2006), la fuerte represión de la vagancia en Calgary, Canadá, en años previos a la I Guerra Mundial (1900-1913), se vincula con que esta ciudad experimentó en una década en términos de desarrollo industrial y cambio social, lo que a Inglaterra le tomó un siglo. En este periodo, la industria desapareció la producción ganadera y cuadriplicó sus ingresos, lo que se evidencia en la manera en que se incrementaron los permisos productivos.4 Para Bright, las duras penas ensayadas contra la vagancia desde 1903: 1) se impusieron por temor a las consecuencias del encierro ocioso, 2) se enfrentaron a la resistencia de la clase trabajadora que atribuía a esos castigos la causa de su desempleo, 3) los jueces ordenaban el encierro en función de la disposición del espacio en la prisión y 4) su fuerte represión obedece al interés por castigar ejemplarmente, a quienes se apartaran de la ética del trabajo que se quería incentivar. Este caso ejemplificaría un origen industrial y no rural, como solía ser en Europa, América Central y América del Sur, de la ejecución de las leyes contra la vagancia. Sin embargo, Canadá a grandes rasgos constituye una economía predominantemente agraria hasta nuestros días.

En referencia a la economía moral de la multitud, Thompson (1995) advierte que las leyes de pobres en Inglaterra no solo funcionaron como un medio de sometimiento. A lo largo del siglo XVIII, estas y las asociaciones de beneficencia también estimularon el aparato de socorro. Por la intermediación de la costumbre, en ocasiones la gentry se vio obligada a negociar y a ceder a las presiones desde abajo para conservar su legitimidad, en el marco de las tensiones provocadas por las innovaciones del sistema capitalista, que atentan contra la costumbre. Esto distingue la manera en que las crisis de subsistencia fueron experimentadas en Inglaterra y en otros territorios como Irlanda.

En los países escandinavos, Ulvund (2012) inscribe la creación de instrumentos y mecanismos de diferenciación en el modelo nórdico de bienestar para discernir entre quienes requieren cuidados y asistencia de quienes no. Para esto se crea una serie de establecimientos de encierro, castigo y tratamiento: “prisons, bridewells (tukthus) and ‘slaveries’” (Ulvund, 2012, p. 34). Las prisiones funcionaron como centros de detención para quienes esperaban juicio o un proceso; con las leyes de pobres, los tukthus fueron espacios de control social y luego, casas de trabajos forzados para ladrones y otros infractores con penas menores a los seis años. Por su parte, los fortines o slaveries eran el destino de quienes superaban los seis años de detención. A mediados del siglo XIX se transformaron las prisiones a fin de clasificar y separar a los criminales, pero estas divisiones no operaron en las casas de trabajo a las que se destinaban a los vagos, pues estos eran considerados incorregibles, lo cual se mantuvo hasta 1970. Es relevante que en Noruega, más del 95% de los hombres y las mujeres enviados a las casas de trabajo eran de procedencia urbana.5

En los estudios aquí citados, el cambio económico experimentado de manera intensa en un corto periodo y la industrialización, son interpretados como la causa de que se intensificara la persecución de los vagos, tal y como sucede a escala local en Calgary, Canadá. En Noruega, si bien se vincula el aumento en su represión con el desarrollo industrial, el crecimiento en el número de detenciones radica en una legislación que permitía a la policía detener a los vagos sin proceso judicial. Por su parte, en algunas ciudades hay resistencia a los trabajos forzados y las colonias de trabajo, porque se considera que afectan el mercado laboral y van en detrimento de las condiciones de las personas que se encuentran dedicadas de manera oportuna al trabajo. Sin embargo, en la Europa nórdica funcionaron multiplicidad de casas de corrección y colonias de trabajo.

 

 

La vagancia: entre el encierro penal y médico

Entre finales del siglo XIX y principios del XX, se investigan las causas de la vagancia y se evalúa la efectividad de las medidas punitivas y curativas. Esta tendencia se ve reflejada en el estudio publicado por Kinberg (1933) desde una prisión psiquiátrica en Suecia, donde, bajo influencia de las tesis eugenésicas, existe una encendida polémica respecto a si se debía derogar o fortalecer la legislación en contra de la vagancia.

Por su parte, en Francia, Timothy Smith (1999) expone que en el marco de las reformas a las leyes de pobres y de la vagancia (1880 y 1914), algunos médicos y autoridades penales atribuyeron a la locura las causas de la ineficacia de los tratamientos, y se condujo a los presos a asilos mentales. Smith sostiene que en la sociedad había críticas contra el castigo de pobres y mendigos, a quienes se exime de responsabilidad.

En el imperio prusiano (1870-1914), desde el punto de vista de las autoridades, había un estrecho vínculo entre la vagancia y otras formas de delito, por lo que la mayoría de las detenciones afectaban a los vagantes. Sin embargo, los productores locales se oponían a los trabajos forzados, al considerar que abarataban los costos y afectaban a los trabajadores concienzudos. Allí para combatir la inclinación constitucional a la pereza, se imponían regímenes de 13 horas diarias de trabajo en las colonias, cuyo cumplimiento era recompensado con una paga mensual de dos días libres y su transgresión era castigada con dieta de pan y agua, aislamiento, oscuridad, camisas de fuerza, baños fríos y castigos corporales (Constantine, 2006).

En Noruega, entre 1845 y 1907, las Leyes de Pobres favorecieron la creación de las casas de trabajo, donde se detuvo a las personas en condiciones de vagancia, y hasta 1894 la policía gozó de un manejo discrecional, sin que mediase proceso judicial. Por medio de un análisis de alta sofisticación estadística, Ulvund (2012) afirma que el porcentaje de arrestos era alto, los cuales se hacían en diez casas de detención, donde se llegó a apresar a alrededor de 1 100 sujetos al año por cada 2 millones de habitantes. Para cuando se derogaron las leyes de pobres en 1907, esas personas tuvieron entre siete y ocho veces más posibilidades de ser arrestadas. Se trataba de sujetos sin trabajo, sin techo, en ejercicio de actividades consideradas inmorales o bajo el consumo de alcohol, conducta que aún es fuertemente penada en Noruega. El ejercicio de estas leyes de larga data se endureció ante los aumentos en la movilidad laboral en el contexto de la industrialización y si bien se descarta que pudiera esperarse un resarcimiento moral a raíz de estas detenciones, las leyes se justificaban porque con ellas se protegía a la sociedad de individuos perniciosos y se hacía de ellos personas útiles a la comunidad.

Desde una aproximación que autodefine como médico-sociológica, Kinberg (1933) defiende la idea de estudiar a un alto número de sujetos acusados por vagancia, con el fin de investigar las variables causales mediante el estudio de sus hábitos, condición social, psicológica y ambiental, su disposición mental, vinculación con el crimen, historia clínica y delictiva, para así determinar si existe una variante social, biológica y racial de los vagos. Su estudio evidencia la importancia de la medicina en el tratamiento y la determinación de la vagancia en Suecia. Allí, el galeno en cuestión, clasificó a los vagos que estaban recluidos en un sanatorio local, según si la vagancia era el único crimen cometido o si había otros delitos en el historial del sujeto, de acuerdo a su estado civil, profesión anterior si la tuvo y estancias previas o no, en colonias de trabajo.

Para ejemplificar con un caso, cabe rescatar el de K.J.F., quien fue admitido en un hospital mental en 1914. Kinberg (1933) describe que el sujeto se había desempeñado como profesor en una escuela de gramática, en un colegio técnico y luego viajó a los Estados Unidos y que al volver, fue seducido por alguien para dedicarse a la errancia. Por tal motivo fue detenido. Según K.J.F., necesitaba abandonar Suecia para desistir de la vida errante, pero adujo estar atrapado sin salida al haberle denegado su madre el certificado de nacimiento. Se le dio la salida del sanatorio y a los años regresó en grave estado de deterioro físico, pero persistiendo en sus sueños de regresar a los Estados Unidos. El relato permite una visión más dinámica acerca del internamiento y salida de los asilados; sin embargo, la amplia descripción del caso es utilizada por el clínico para certificar la indudable locura del sujeto: “no hay duda de que durante su estancia en el hospital estaba insano y presentaba demencia esquizofrénica” (1933, p. 413).

Recapitulando, entre finales del siglo XIX y principios del XX, se investigan las causas de la vagancia, los efectos de su tratamiento y los motivos de su incorregibilidad. En Noruega y Suecia, a los vagos se les considera moralmente incorregibles, situación que genera políticas de aislamiento del criminal y medicación del loco. Mientras el sistema Noruego muestra una cara más represiva, Suecia apostó por un modelo garantista. En algunas ciudades del imperio prusiano y Canadá, productores y trabajadores se resisten a los trabajos forzados y a las colonias de trabajo, por abaratar los costos de producción. Sin embargo, en la Europa nórdica abundan las casas de corrección donde los acusados son sometidos al trabajo.

Dado que la discusión sobre castigos y tratamientos se ha concentrado en países en proceso de industrialización, resulta conveniente cuestionar las vinculaciones de la prohibición y persecución de la vagancia en relación con el funcionamiento del mercado laboral y el sistema productivo: ¿Es la persecución de la vagancia un fenómeno predominante en las ciudades? ¿El aumento de su represión está necesariamente vinculado al crecimiento industrial? ¿Qué características toma su persecución en sociedades más agrarias? Para comparar con los casos antes esbozados, ubiquémonos en España y sus políticas coloniales.

 

 

La represión de la vagancia en España

Así como en los confines del Medioevo francés se desterraba al vago, también lo hacía la legislación española de 1435 en contra de los vagamundos y holgazanes, argumentando que: “no solamente viven del sudor de otros sin trabajar y merecer, más aun dan mal ejemplo a otros que los ven hacer aquella vida, por lo cual dejan de trabajar” (Nobilísima recopilación…, 1806, p. 429).

En la España del siglo XV se imponían rituales de castigo y desvinculación, con los que se comprometía el futuro y dignidad del vago, mediante penas militares, trabajos agrarios u otros servicios, azotes y marcas al cuerpo del incorregible, separación de sus oficios y expulsión de la villa. Sería el destino de toda mujer y hombre sanos, trabajar y labrar o vivir con señores y aprender oficios. Y en ausencia de un señor feudal, los vagos y las vagas serían remitidos a la corte, que los apresaría y desterraría por un año la vez primera, y perpetuamente en caso de reincidencia.

Tras las guerras de sucesión que acabaron con el reinado de Asturias y que supusieron el inicio de la monarquía borbónica (Fernández, 1999), así como en otros reinos europeos, el siglo XVIII promovió que el Estado superara el régimen de la monarquía divina, en confluencia entre el absolutismo y el despotismo ilustrado, coadyuvados por la Ilustración católica (Góngora, 1969, pp. 43-74).6

Los borbones heredaron a España quebrada en el erario público, con producción agrícola de subsistencia y pobre desarrollo industrial. Así, las reformas borbónicas persiguieron consistentemente cuatro objetivos, durante los cuatro reinados que se sucedieron en el siglo XVIII: 1) adecuar más realistamente la política exterior, 2) reforzar la capacidad interventora del Estado, 3) el fortalecimiento de las fuerzas productivas y 4) regenerar hábitos sociales, así como promover el conocimiento científico y la cultura, enfatizando la transmisión de saberes útiles (Fernández, 1999).

De la mano con estas reformas, dadas las dimensiones que había tomado el problema de la vagancia, el ocio y la mendicidad, la monarquía dieciochesca española estructuró las policías de vagos, que habían sido conocidas durante los siglos precedentes en las ciudades, a fin de centralizar las prácticas políticas, jurídicas y represivas en respuesta a las crecientes oleadas migratorias de campesinos sin tierras (Ramos, 2009),7 producto de las crisis en la producción agraria (Gallego, 1986) y en el contexto de la desamortización española, pues la subasta de tierras eclesiásticas, baldías y del común, ejercieron un fuerte impacto sobre los jornaleros (Fernández, 2007).

Lo anterior se sustentaba en las ideas ilustradas que conceptualizaban a los rezagados del sistema como un obstáculo para el progreso de la nación, experiencia hilada a la producción discursiva que el Concilio de Trento y la Contrarreforma católica, así como los humanistas, habían preparado al preconizar nuevas significaciones en torno a la pobreza. Esta nueva conciencia tiene un ala clasificatoria y, por ejemplo, en 1741 José Campanillo Cossio clasificó a los pobres en verdaderos, por apariencia y por conveniencia, para distinguir si aquellos debían ser objeto de asistencia, castigo o tratamiento, categorización que fue rescatada en las cédulas y pragmáticas de Carlos III (Guzmán-Stein, 2005).8

En los tratados tributarios de Campomanes se propuso que sería una excelente inversión y solución a la sobrepoblación urbana, enviar al servicio de las armas en la marina y el ejército español a los 130 000 vagos que se calculó, pues podrían ser funcionales por varios motivos:

1) para los ilustrados del siglo XVIII la superación de la crisis económica, el buen orden y la paz dependían del combate al nomadismo y la ociosidad; 2) los ideólogos del Estado consideraban a los vagamundos incapaces de respetar la autoridad y la propiedad; 3) se les atribuye una sexualidad desordenada, transmisora de enfermedades vergonzantes y productora de sobrepoblación en situaciones de miseria; 4) se creía que la facha del mendigo era exagerada para causar misericordia, afectando la imagen de la ciudad, y 5) se considera que la vagancia era el origen de la depravación moral (tutela o paternalismo del Estado) y que como tal, impedía el progreso de la nación, dando lugar a toda clase de vicios y delincuencia. (Ramos, 2009).

En 1775, Carlos III define a los sujetos que se comprende como vagos e incluye allí a los ociosos y malentretenidos:

Todos los que viven ociosos, sin destinarse a la labranza o a los oficios, careciendo de rentas de vivir, o los que andan mal entretenidos en juegos, tabernas y paseos, sin conocérseles aplicación alguna, o los que habiéndola tenido, la abandonan enteramente, dedicándose a la vida ociosa, o a ocupaciones equivalentes a ella. (Nobilísima recopilación…, 1806, p. 433).9

En comparación, la Real Orden del 30 de abril de 1745 castigaba la permanencia en lugares de esparcimiento, pernoctar al aire libre y el abandono de las obligaciones laborales. Esta disposición amenazó con tildar de vagos a quienes descuidaran por mucho tiempo las labores del campo o a aquellos que se entretuvieran o abastecieran de la elaboración de licores (Ramos, 2009). En función de ordenar las ciudades, serían acusados de vagancia los visitantes de las ferias que hicieran gastar dinero a los pobladores o distraerlos de sus ocupaciones habituales:

El natural de los pueblos que no hiciese más que pedir limosna, aunque fuera por quedar huérfano o por descuido y abandono de los padres, lo abandona a ese modo de vida; en la que, creciendo sin crianza, sujeción ni oficio, por lo regular se pierden, cuando la razón mal ejercida les enseña el camino de la ociosidad voluntaria. Los que no tengan más ejercicio que el de gaiteros, bolicheros y saltimbancos, porque esos entretenimientos sólo se le permiten a quien tenga oficio. Quienes anden de pueblo en pueblo con máquinas reales, linternas mágicas, perros y otros animales adiestrados, con las marmotinas o gatos que la imitan, con que aseguran su subsistencia feriando sus habilidades, y las de los instrumentos que llevan, al dinero de los que quieren verlas, y al perjuicio de las medicinas que con este pretexto venden, haciendo creer que son remedios aprobados para todas las enfermedades. (Nobilísima recopilación…, 1806, p. 433).10

En 1775 se ordena que estén los vagos estén el menor tiempo posible en prisión, se les garantizan 24 onzas diarias de pan y la certificación de la vagancia ante un síndico o procurador. Posteriormente, la Ley XI del 24 de abril de 1781 y la cédula del 2 de agosto del mismo año, establecieron que los vagos no aptos para las armas y la marina serían dispuestos en hospicios o casas de misericordia del partido o la capital de la provincia, para que se les instruyera en buenas costumbres hasta probar enmienda. El encierro de los vagos se haría por separado de otros hospicianos, para no contaminarlos con su mala reputación. Para obtener su libertad, los acusados debían fijar su domicilio, pero quedarían sujetos a la Justicia del pueblo, por medio de una certificación emitida por el director de la casa u hospicio de partida, con el fin de que su conducta y aplicación fuera vigilada, y evitar su regreso a la vida holgazana y vagante.

España heredó buena parte de su legislación contra la vagancia a sus colonias. Ante ello es de cuestionar si en las excolonias iberas existen diferencias respecto a las formas que asumió la persecución de la vagancia en España. Y por qué a lo largo de las últimas décadas del siglo XIX y principios del siglo XX, se generaliza su persecución en todos los casos mencionados.

 

 

Hacia una precisión del problema de la vagancia y del campo en que se le inscribe, en el tránsito colonial independiente de América (siglos XVIII-XX)

A lo largo del siglo XVIII, autoridades como los virreyes de Nueva España emitieron ordenanzas en relación con la vagancia y se ocuparon de su identificación, arresto y castigo. Regidos por la legislación española, se quejaban de la falta de un ejército permanente en el cual ocupar a los vagos, del desempleo causado por los límites a las industrias y la producción agrícola y minera, centralizadas por la Corona. Pero conforme avanzó el siglo, en algunos puntos emergió la construcción de casas de pobres y se generalizaron los trabajos forzados impuestos de manera diferenciada a mulatos, españoles e indígenas (Martin, 1985).

En el caso del Perú, la falta de confianza hacia las autoridades locales, el desprecio noble a los trabajos manuales y la displicencia de las autoridades por el trabajo, dificultan la aplicación de las normativas contra la vagancia desde 1594, y no se penaliza de manera sistemática sino hasta 1770. En el siglo XVIII, “vago era aquel individuo que no estaba dedicado a las actividades oficiales que el Estado y la sociedad regulaban a través de los gremios” (Chuchue, 2009).

Los estudios que se concentran en una crítica a priori de la represión de la vagancia, unilateralmente edificada desde la perspectiva del control social, a menudo desconocen sus relaciones con el mercado laboral, el problema migratorio más allá de la contradicción campo ciudad y pierden de vista su regulación utilitaria para el sometimiento de los grupos subordinados. En América del Sur se experimentaron diferentes regímenes y distintos grados de represión en la aplicación de las leyes contra la vagancia de acuerdo a la región. Algo en común que reflejan los estudios analizados, radica en su aplicación a beneficio de los sectores dominantes mediante la complicidad de los Estados, justamente el tema que domina las discusiones respecto a las excolonias españolas entre finales del siglo XIX y principios del siglo XX.

Mientras que las iniciativas de rehabilitación, en algunas regiones de Europa central, se enfrentaron a la oposición de trabajadores y patronos, puesto que la contratación más barata de los vagos y los desocupados colocó en situación de desventaja o competencia desigual a los trabajadores libres. Este tipo de diferendos no son lo predominante en la bibliografía revisada en América del Sur o Central, sino que allí la persecución y sometimiento de los vagos se vincula con la escasez o el control de la movilidad de la mano de obra. Lo anterior obedece a problemas familiares, comunitarios y a la imposición de trabajos públicos y privados para la construcción de infraestructura, el servicio militar o la producción agrícola, que es la forma predominante en las economías centro y suramericanas para el periodo que nos ocupa.

Richard Slatta (1980) se refiere a la violencia que caracterizó a las sociedades rurales del siglo XIX, imponiéndose los intereses de la clase terrateniente y de los rancheros, quienes requerían de trabajadores serviles y sedentarios para la cría de sus ganados, por lo que sometieron a los trabajadores gauchos e itinerantes a través de funcionarios locales, jueces de paz y alcaldes; con el inconveniente para los gauchos de que su estilo de vida y bienestar económico dependía de la movilidad geográfica, por lo que Slatta se refiere a la acción consciente del Gobierno para reducirlos a peones obedientes y soldados serviles (1980, p. 7). Este autor sostiene que algunas de las primeras medidas implementadas en contra de los vagos se ejercieron principalmente contra los extranjeros11 e incluyeron deportación, trabajos en las minas, construcción de obra pública, levas de vagos y servicio en las estancias de tabaco.

Para el siglo XIX, multiplicidad de investigaciones han procurado explicar las causas del problema de la vagancia. En los extremos encontramos teorías que la atribuyen a la constitución personal de los individuos (las tesis de la antropología criminal) y aquellas que vinculan la vagancia al desempleo estructural, estacionario y a la rebeldía antisistema. Lo anterior, justifica castigos correctivos paradójicamente aplicados a los incorregibles y tratamientos o medidas de encierro ejemplares, en aras de culturizar a la clase trabajadora hacia una nueva lógica y concepción del trabajo.

Alejandra Araya (1999) distingue dos tipos de estudios sobre vagancia en Venezuela, Argentina y Chile: unos herederos de la historia del trabajo y otros vinculados a la historia de la criminalización y el bandidaje, que dan cuenta de grupos sociales afianzados en una cultura tradicional o popular marginados de la producción capitalista. En el caso chileno, ella sostiene que las leyes en contra de la vagancia estaban al servicio de las capas dominantes, para contener sus temores contra los peones. Según Araya, las penas, castigos y estrategias de rehabilitación a los vagos permitieron ensayar condenas y contribuyeron a edificar sistemas penales y aparatos represivos.

Después de la independencia, Argentina sometió a los peones a un sistema de servidumbre que se configuró por medio del Código de Policía (1828-1867), a partir de las leyes contra la vagancia y la papeleta de conchabo, la cual fue abolida por considerarse contraria a la libertad de trabajo establecida por la Constitución de 1853, pero se mantuvo vigente hasta 1900 para el sometimiento de las mujeres pobres y los sirvientes domésticos. La resistencia se observa en tanto los trabajadores falsificaron esas papeletas, además de que hubo indisposición de la policía para velar por su efectivo cumplimiento, lo que es atribuido a su baja remuneración. El ejercicio de las leyes en contra la vagancia se generalizó en las zonas donde predominaba la explotación de mano de obra local, a diferencia de las regiones dominadas por migrantes italianos y españoles, quienes monopolizaron algunas de las industrias más rentables, tales como los viñedos que se impulsaron a lo largo de la línea ferroviaria (Salvatore, 1986). Esto encuentra algún paralelismo con la explotación bananera en las zonas aledañas a los ferrocarriles en el istmo centroamericano.

Una perspectiva distinta nos la ofrece el discurso de los patronos organizados. En los congresos agrícolas mexicanos se calificó a los trabajadores rurales de “vagos, borrachos, promiscuos, dados al concubinato y padres poco responsables” (Rodríguez, 1997, p. 104). En dichos congresos se aprobaron medidas más extremas que las sugeridas por el Gobierno. Por ejemplo, en Chiapas en 1896 se propuso que los militares controlaran a los peones acasillados, emular el sistema guatemalteco y de las Antillas españolas en cuanto al uso de la libreta de servicio, y se condenó penalmente la embriaguez. Una encuesta de 1905 evidenció que el 86% de los empleadores continuaron con las habilitaciones para controlar la movilidad de los trabajadores, sin que mejorara la disposición al trabajo, sino que prevaleció la costumbre a pesar de los cambios introducidos por la modernización agrícola. Como contraparte, en Soconusco, México, Baumann (como se citó en Rodríguez, 1997) identificó el abandono de las fincas en las que se eliminó el sistema de peonaje por deudas, las raciones de maíz y frijoles, y otras garantías tradicionales de subsistencia.

En el sudeste brasileño, la superación de un largo sistema colonial de explotación laboral conllevó a la sustitución de la mano de obra esclava por migrantes, pues no se concibió que el trabajador local fuera propicio para el nuevo orden económico. En el nordeste brasilero, que era menos dinámico económicamente, se dependió de la mano de obra nacional y esta fue disciplinada por medio de la Ley de Represión a la Ociosidad de 1888. Pero en la segunda generación posesclavista, se trató de disciplinar y de tejer otras subjetividades en torno al trabajo, por medio de la conceptualización de los vagos como un problema social, denominación dentro de la cual se incluyó a los trabajadores dedicados a labores de subsistencia. Desde esta óptica, “la ‘vagancia’ comprendía toda y cualquier forma de vida que no fuera la ocupación por medio del trabajo en el mercado libre” (De Lima, 2012, p. 708).12 Al igual que en distintas regiones de México y Argentina, el discurso de las élites brasileñas resaltó la falta de ambición económica por parte de los trabajadores rurales (De Lima, 2012). Sin embargo, en el contexto de la expansión industrial, comercial y la urbanización, el Estado Novo brasileño (1937-1945) creó derechos para los trabajadores como la ley de salario mínimo, las vacaciones, el descanso semanal y otra serie de beneficios.

Haciendo un balance comparativo de las tesis en Europa y Suramérica a finales del siglo XIX, cabe decir que mientras en el Viejo Continente se estaban implementando iniciativas de rehabilitación basadas en la institucionalización de los acusados, en América del Sur, la persecución y represión de la vagancia se ejercía sobre la base de desigualdades sociales. Además, se diferenciaba el control entre los extranjeros provenientes de regiones circundantes y la población local, la cual era sometida con el fin de movilizar la mano de obra en función de determinados intereses en materia agrícola y de transportes, o bien, por temor a levantamientos. En el sur de América, la población extranjera europea conservó algunas de las mejores posibilidades de acaparamiento de tierras y empleos calificados, producto de la ideología de la clase política local respecto a la vagancia de la población. Esto a diferencia de lo que pasa en algunas regiones de Canadá con los migrantes británicos.

De forma tal que de la revisión de literatura internacional sobre vagancia, se desprende como principal conclusión que prevalecen los estudios que la abordan a modo de política estatal o bien atendiendo las relaciones de poder entre las élites y los sectores populares, en un ámbito donde se combinan políticas económicas y sociales. En segundo lugar, un porcentaje importante de los estudios sobre la vagancia se han limitado al estudio de su cara represiva. En nuestro caso, interesa la represión de la vagancia en el marco de las normativas laborales, así como aquellas disposiciones dirigidas al ordenamiento del disfrute y el descanso, en relación con los discursos y prácticas sociales que se erigieron con este fin.

 

 

Algunas precisiones sobre el problema de la vagancia y el trabajo forzado en Centroamérica (siglo XIX)

En Centroamérica, a lo largo del siglo XIX, se calificó a varios grupos sociales de “incivilizados”, “atrasados”, “perezosos” e “ignorantes”, esto en el marco de la concepción europeizada de las “buenas costumbres” de las élites. En Guatemala, prevalecieron dispositivos heredados de la Colonia tales como el enganche y el adelanto; en tanto que las leyes en contra de la vagancia de 1876-1878, se utilizaron para sacar a los mozos de las comunidades indígenas. En Costa Rica, la legislación contra la vagancia, el pago con boletos en las haciendas cafetaleras y la estructura crediticia, constituyeron las principales fórmulas mediante las cuales se explotó a los trabajadores en la última parte del siglo XIX (Viales y Barrantes, 2007).

En Guatemala, mediante el Decreto de Jornaleros de 1877, se obligó a los indígenas comuneros de las tierras altas a trabajar en las fincas cafetaleras, cuyo cumplimiento era controlado mediante el uso de una libreta y una matrícula; mientras que con la aprobación de la Ley de Trabajo de 1894, se sustituyeron los mandamientos por adelantos de dinero. Existían para esta época dos modos de contratación: los mozos colonos que abandonaron su residencia para vivir en las fincas de exportación y los mozos temporales o estacionales, a quienes se instigaba obligándolos a cumplir servicio militar o en la compañía municipal de zapadores, en caso de no presentar boletas de contrata. Dicha compañía estaba compuesta inicialmente por mano de obra indígena, que realizaba trabajos de composición de caminos y obras públicas (Viales y Barrantes, 2007).13

A escala local en Nicaragua, Jeffrey Gould individualiza que la causa inmediata de la sublevación de 1881 en Matagalpa, radica en la imposición de trabajo forzoso no en cafetales, sino en obras públicas, desde que en 1880 el prefecto de la localidad ordenó el envío de 80 hombres para trabajos en el telégrafo. A estos se les pagaba la quinta parte que a un trabajador ordinario. En el levantamiento, los indígenas sublevados consignaron: “de nuestro pueblo nunca hemos sido criados ni esclavos” (Gould, 1997).

A nivel comparativo entre estos casos, podemos observar, por una parte, la existencia de estructuras de dominación en Guatemala que facultan la imposición de trabajos forzados, los cuales se vinculan con la densidad poblacional y la dominación étnica, un factor que no puede faltar en la historia del trabajo y en el análisis de la represión de la vagancia en Centroamérica, a tal grado que fue una medida defendida por los patronos más extremistas en México. Por otra parte, en Matagalpa, Nicaragua, la imposición de trabajos forzados contra indígenas sirvió a la composición de caminos, lo cual desembocó en un levantamiento. En Costa Rica no queda del todo claro el uso de las leyes contra la vagancia para la explotación de la mano de obra indígena, aunque sí es evidente que a lo largo del siglo XIX hubo una tendencia creciente a la condena por este delito, y aunque disminuye en intensidad, continúa en la práctica hasta 1970. La primera condena masiva de extranjeros aparentemente se hizo contra los italianos, quienes se declararon en huelga a raíz de la explotación sufrida durante la construcción del ferrocarril, pero solo en un pequeño número de casos se comprobaron los cargos y establecieron castigos (Archivo Nacional de Costa Rica, 1888). En todo caso, la dominación y la explotación étnica contra población afrocaribeña, china e indígena que son un hecho comprobado, se ejercieron posiblemente al margen de estas leyes.

 

 

Acerca de los orígenes de las leyes contra vagancia y su aplicación en Costa Rica (1750-1850)

Las reformas borbónicas impulsaron cambios en la economía centroamericana desde la segunda mitad del siglo XVIII, procurando centralizar y organizar el comercio de la región con la península ibérica, máxime que para ese momento tiene gran relevancia el comercio lícito e ilícito con Gran Bretaña. La exportación de productos como el añil promovió cambios en el mercado de trabajo y una mayor especialización productiva, tanto entre provincias como a lo interno de cada una de ellas.

A partir de 1750, el cambio institucional y económico se nivela, y en Guatemala las élites enriquecidas a partir del control del comercio de añil, plata y ganadería, incrementaron su poder y se dinamizaron las relaciones económicas al interior de la región (Díaz y Viales, 2012); todo lo anterior, como consecuencia de las transformaciones sufridas en Europa y del auge de la industria que produjo un incremento en los intercambios comerciales.

Posteriormente, las crisis del añil, producto de plagas de langostas y de los conflictos en Europa y Estados Unidos, acabaron con el dominio de los mercaderes de Guatemala sobre otras partes del reino y permitieron a Costa Rica comerciar con los ingleses y sus colonias en el Caribe. En Costa Rica, la liberación del comercio español supuso la progresiva sustitución del contrabando, por ejemplo con Jamaica, por el comercio legal (Díaz y Viales, 2012).

En el plano político, las autoridades de Costa Rica y Nicaragua procuraron su propio centro político administrativo, para mejorar las condiciones económicas, la administración de la justicia y la felicidad de los habitantes. Centroamérica buscaba la independencia económica y política, y allí persistían formas coloniales de dominación y campañas racistas (Díaz y Viales, 2012).

En Costa Rica, se gestó un proceso de transición a lo interno de las capas sociales dominantes, de encomenderos a mercaderes y de esclavistas a comerciantes (entre 1700 y 1750). En correlación con la organización jerárquica desigual de los colonizadores españoles, en que los alcaldes mayores y gobernadores estaban a la cabeza del orden social, los grandes encomenderos se dedicaron al comercio y los menos acaudalados a la labranza, dado que el mestizaje adquirió mayor importancia a partir del siglo XVIII (Molina, 2003).

La agricultura colonial era básicamente de subsistencia y comercio, y la chácara, su figura más representativa, consiste en que el productor se dejaba lo que requería para subsistir y le vendía el excedente a comerciantes que lo distribuían dentro y sobre todo, fuera del país. A pesar de que el eje de la estructura productiva era la labranza, había cierta vinculación entre la agricultura, la ganadería y la artesanía en el Valle Central, a diferencia de otras zonas como Matina, Esparza y Guanacaste (Molina, 2003).

Respecto a la ocupación y los derechos sobre las tierras, la mayoría de los habitantes ocupaban las tierras del común o los ejidos y solo las élites tenían acceso a la propiedad privada. Diversas interpretaciones apuntan a que los campesinos vivían disgregados y que como tales, se opusieron a las tentativas borbónicas de poner en orden las tierras y nuclear la ocupación (Molina, 2003). Si bien para Gudmundson (1990) parece más factible pensar que la mayoría de las personas vivieran con base en el modelo nuclear de dominación española _el cual se generalizó en las colonias para la explotación de mano de obra y recaudación de impuestos, los informes de parroquia elaborados entre 1863 y 1864 evidencian una importante cantidad de pobladores viviendo dispersos en las montañas, por lo que se llama a nuclear la población como medio para moralizar y controlar a los habitantes (González, 1996).

A su vez, Gudmundson (1990) plantea que posiblemente nada tuviera que envidiarle el Valle Central de la Costa Rica precafetalera a la cafetalera en términos de la división del trabajo. Esto es interesante, pues los bandos y los procesos por vagancia de la Colonia tardía impusieron la labranza de tierras como ocupación obligatoria. Para 1775, Cartago, la capital colonial de Costa Rica, se caracterizaba por estar escasamente poblada, pero aun así experimentaba conflictos por la tierra, producto de las desigualdades y de la apropiación del suelo por unos pocos para las pasturas extensivas. En esa época, la mayoría de los campesinos carecían de ligámenes jurídicos con el suelo y esos motivos favorecieron las migraciones hacia el occidente, en vista de los pocos controles que ejercían las autoridades coloniales sobre esas tierras, la buena comunicación con Esparza (cerca del puerto), así como la búsqueda de oportunidades mercantiles (Pérez, 2010).14

Iván Molina (2003) nos retrata los tipos productivos de la economía costarricense, que durante los primeros años del siglo XIX (1800-1821) se compone de cultivos de subsistencia, agricultura itinerante y ganadería, además de dos cultivos comerciales: el tabaco y la caña, dándose la coexistencia de la agricultura a mediana y pequeña escala, con la hacienda y la chácara, respectivamente. También Molina (2003) da cuenta del intercambio comercial, principal forma de apropiación del excedente en Costa Rica, y las formas de tenencia y usufructo de la tierra de manera diferenciada por región. Este autor identifica la colonización de tierras como el principal mecanismo de expansión, cuando la explotación minera aceleró la fundación de la Casa de la Moneda, la exportación del palo Brasil desplazó al tabaco en importancia y la apertura crediticia quedó fortalecida en la década del treinta del siglo XIX mediante financiamiento británico en relación con el auge del café.

Con el café en el Valle Central y la ganadería en Guanacaste, hubo procesos de concentración de tierras paralelos a una creciente proletarización del campesinado. En la Costa Rica colonial, la tierra privada era un privilegio al que solo podían acceder algunos clérigos, políticos y comerciantes, pero dada la inserción al mercado internacional, se dinamizó la privatización de tierras y con ello se dio el desplazamiento constante de usufructuarios sin capacidad de compra. También algunos vecinos se asociaron para adquirir los terrenos (Molina, 2003).

Sin embargo, Margarita Bolaños (1986), Bolaños y Quirós (1884) y Silvia Castro (1988), dan cuenta del dramático proceso de privatización que sucedió a la guerra de la Liga (1835) y que afectó principalmente a las tierras comunales, tierras indígenas y al poder local. Asimismo, estudian las décadas que van desde 1850 hasta 1890, cuando desapareció buena parte de las tierras del común y se impulsaron cambios en la composición del mercado laboral costarricense, con una creciente tendencia a la proletarización.

Ubicada en la década del cincuenta del siglo XIX, Eugenia Rodríguez (2014) estudia la relación entre la crisis y la expropiación del campesinado y pregunta la medida en la que los cafetaleros lograron trasladar los costos de la crisis a pequeños y medianos productores. Rodríguez efectúa un detallado análisis del crédito y plantea que la crisis económica acaecida entre 1856 y 1858, obligó al Estado a negociar empréstitos que a su vez disminuyeron el apoyo público crediticio a la expansión cafetalera. Esto con el agravante de que un ciclo recesivo de la economía mundial hizo decaer las exportaciones cafetaleras y, por la epidemia del cólera, hubo una caída demográfica bastante importante.

Viales (2000) plantea que aun los liberales de 1870 en adelante resintieron el problema de la falta de brazos para la agricultura, en discursos que amenazaron incluso con hacer desaparecer el negocio del café por sus altos costos. Estos gobiernos promovieron la colonización de tierras y el aumento poblacional por medio de migraciones internas, externas y la fundación de colonias agrícolas. La colonización de tierras implicó muchas veces que se desplazara violentamente a los indígenas y se les sometiera a la mano de obra remunerada y otras formas de explotación. La situación se complejiza con instrumentos como la Ley de Bases y Colonización de 1862, que había prohibido la importación de mano de obra china y negra. Esto es más importante si tenemos en cuenta que por aquellos años, hacia 1866, la esperanza de vida apenas alcanzaba los 28,6 años y ascendió a 31,8 para el año de 1900 (Viales, 2005).

Respecto a los gobiernos entre 1870 y 1930 en Centroamérica, Bulmer-Thomas (1987) discute su definición como gobiernos liberales (desde un punto de vista teórico), si bien califica como alta la estabilidad política en las décadas de la consolidación en el mercado agroexportador de café; por ejemplo, en Guatemala con Justo Rufino Barrios, en Costa Rica de la mano de Tomás Guardia, la Nicaragua de Santos Zelaya (1893-1909) y en El Salvador con Rafael Zaldívar (1876-1885). Mientras en el resto de Centroamérica podemos situar la consolidación del café y del banano en la década de los veinte del siglo XX, Costa Rica vivió su etapa ascendente en 1883. El paso de página en el siglo proveerá de un giro en las relaciones internacionales y un cambio en las dinámicas hegemónicas. Seguidamente, se pasará a enfocar la historia de la represión de la vagancia en Costa Rica.

 

 

La represión de la vagancia en Costa Rica

La primera disposición contra la vagancia que se ha encontrado en Costa Rica data de 1611 y cuando el visitador Pedro Sánchez impuso la pena de prisión contra varios individuos acusados de vagancia desde Granada (Archivo Nacional de Costa Rica, 1611). Las medidas coloniales en contra de los vagos en el siglo XVII consisten en penas de prisión, recibir azotes en la picota de manera diferenciada por castas (Archivo Nacional de Costa Rica, 1786), expulsión del territorio para quienes no portaran pasaporte (Archivo Nacional de Costa Rica, 1774), sufrir levas en el ejército federal (Archivo Nacional de Costa Rica, 1804) y desde inicios del siglo XVII se excluye la pena de prisión contra los individuos que estuvieran casados. Las últimas tres décadas del siglo XVIII y los primeros años del siglo XIX, evidencian un mayor dinamismo en la persecución de los vagos. Así se hizo para enlistar hombres al ejército.

En Costa Rica, dos estudiosas se ocuparon de historizar el problema de la vagancia. Primero desde la perspectiva del derecho, Ana Lorena González (1991) analizó la represión de la vagancia durante las primeras dos décadas de independencia. Su conclusión es que las leyes contra la vagancia se implementaron en las colonias españolas desde el siglo XVI contra españoles, negros y mestizos, y que se aplicaron desde finales de la Colonia en contra de nativos y negros, tras el fracaso del sistema de encomiendas que los tenía esclavizados. González además cuestiona la persistencia de leyes como estas en un Estado que se supone garantista, como bien lo apunta también Walter Antillón (1997).

En segundo lugar, Ana Paulina Malavassi (2005) interpreta el problema de la vagancia en Costa Rica en la transición colonial-independiente, como un problema moral más que económico, dado lo reducido de la población y del mercado de trabajo. A lo largo del periodo de estudio (1750-1852), sobresalen las medidas utilitarias (compulsión al trabajo) y punitivas (control social), antes que las medidas de asistencia social, pues los vagos son considerados trasgresores del orden y se considera que el trabajo ejerce fines correctivos para la asimilación de buenas costumbres, funcionando como un antídoto en contra del ocio, fuente de todos los males.

Además, Ana Paulina Malavassi (2011) construyó una base de datos de vagos, ociosos y malentretenidos, por medio de la revisión y análisis de expedientes judiciales, la cual revela la existencia de alrededor de 800 expedientes de sujetos procesados por vagancia entre 1750 y 1850. Allí se evidencia que generalmente los denunciantes de la vagancia fueron autoridades locales y vecinos con afán de venganza. También influyeron factores económicos como la pobreza, ante la imposibilidad de cumplir con ciertas exigencias sociales de los órdenes moral y religioso, y el tiempo que tomaban los procesos judiciales. El perfil sociodemográfico de los acusados por vagancia era de hombres en etapa productiva, solteros, mayores de edad u hombres casados acusados de incumplimiento de deberes.

La primera disposición en la vida independiente la emitió Juan Rafael Mora Fernández en 1830, precedida por discursos presidenciales donde problematiza las cualidades morales de las mujeres dedicadas a la prostitución y algunos hombres vagos que corrompen a la juventud. En dicha disposición, se afirmó la vigencia de la normativa establecida por el rey Fernando en 1820. Posteriormente, con la instauración del Reglamento de Policía en 1841 y en 1849, se incluyeron un par de artículos dedicados al problema de la vagancia. No es sino hasta 1864, 1867 y en adelante, que se promulgará toda una serie de medidas encargadas de encausar a los vagos, cuyo número de procesados por esa causa superaría las tres cifras, especialmente durante las últimas décadas del siglo XIX y principios del siglo XX.

Con base en lo discutido, puede avanzarse en el estudio de la vagancia si se le investiga e interpreta de la mano con el funcionamiento del mercado laboral, atendiendo a las consecuencias de la privatización de los medios productivos y la mercantilización de la fuerza de trabajo. Particularmente, debe reflexionarse acerca de la disponibilidad de mano de obra, pues su escasez fue característica en la mayoría de las regiones de Costa Rica a lo largo del siglo XIX. También resulta importante analizar las continuidades y transformaciones en las razones que justifican el ejercicio de la legislación contra los vagos, ya sea con fines moralizantes, disciplinares o coercitivos entre la Colonia, la Federación y la República. Además, continuar la tarea iniciada por Malavassi, de identificar el perfil del sujeto que es considerado vago o vaga, atendiendo a sus particularidades geográficas y estacionales, lo cual se contempla en las distintas disposiciones y reformas a las leyes en contra de la vagancia, y las regulaciones del tiempo/espacio de ocio, descanso y trabajo.

 

 

Conclusiones

El presente artículo se escribió con el fin de articular un modelo para el estudio de la vagancia. A partir de la revisión de la literatura internacional sobre este tema, se verifican los orígenes de la represión de la vagancia que datan del siglo XII en Europa. Posteriormente, durante el proceso de modernización estatal, las monarquías absolutas combaten el nomadismo y promueven controles a fin de centralizar el ejercicio del poder en sus poblaciones. La represión de la vagancia se extendió a las colonias europeas en África, Asia, América y Oceanía por medio de la dominación imperialista europea, y en dichas colonias toma distintas formas de acuerdo al modo de explotación de la mano de obra y el sistema productivo predominante.

La mayoría de los estudios sobre la vagancia se concentran en el periodo comprendido entre 1870 y 1950 aproximadamente, para cuando podemos considerar su represión como un fenómeno global, que coincide con la prohibición ¿mundial? de la esclavitud, mayor concentración de tierras, integración al mercado internacional y generalización del trabajo libre y asalariado (Moulier-Boutang, 2008). En ese momento resulta central el interés por controlar la movilidad de la mano de obra, para lo cual se establecen contratos que protegen a los patronos de la fuga de la fuerza de trabajo. En regiones donde existe el problema del desempleo, es usual que se utilicen estas leyes para condenar la indigencia, la pobreza y la desocupación.

En el centro, sur y norte de América existe una tendencia creciente a la persecución e ilegalización de la vagancia desde finales del siglo XIX hasta principios del siglo XX. Si bien hay experiencias previas de criminalización de esta conducta, lo característico de las instituciones creadas a finales del siglo XIX es la especialización de la vigilancia y castigo a los vagos en algunos países de Europa, y su condena utilitaria en países de economía predominantemente agraria. Varios de los trabajos de investigación sobre la condena de la vagancia, la moralización y la disciplina laboral de los asalariados, tienen el objetivo de explicar las políticas de derecho establecidas por regímenes como el de Porfirio Díaz en México (Rodríguez, 1997) y Getulio Vargas en Brasil (De Lima, 2012).

Me he valido del modelo escandinavo como objeto de comparación, pues el grado de articulación respecto a las instituciones, estadísticas criminales y medidas dirigidas al castigo de la vagancia, permite una mejor definición de sus características; además de su alto grado de sofisticación en estadística criminal. A propósito, la historiografía de Centroamérica, Suramérica y distintas regiones de México, está en deuda con una mejor caracterización de las estadísticas criminales en relación con el funcionamiento del mercado laboral. En sociedades agrarias como América del Sur, Central y México, no parece ser que lo característico haya sido el encierro y reforma de los vagos, pero aquí cabe destacar diferencias de género, pues sí lo fue de manera importante contra las mujeres. En el caso de los hombres, fue más común el empleo en fincas, trabajos forzados y obra pública, así como el aprendizaje de oficios.

En Costa Rica hubo periodos durante los cuales se realizaron detenciones masivas contra los vagos de forma discrecional por parte de la policía, especialmente en la tercera última parte del siglo XIX y principios del siglo XX. Esto se hace particularmente evidente en el caso del ferrocarril, porque las listas de vagos dicen para qué tareas serán destinados. Lo mismo sucede a inicios de la vida independiente con el objetivo de que los vagos suplieran levas en el ejército. Sin embargo, en muchas ocasiones, los gobernantes locales se opusieron a corregir a los vagos de sus jurisdicciones o bien, negaban tenerlos.

La tabla 1 reúne una propuesta para articular el estudio de la vagancia combinando las perspectivas de la historia del trabajo y la historia de la criminalidad. Esta propuesta surge como réplica a la tendencia en algunas investigaciones de privilegiar una u otra dimensión, cuando lo preferible es complementar ambas aristas, pues no se entienden bien los motivos para la penalización global de la vagancia, si no se atiende a las tensiones entre los conflictos laborales, las características del mercado laboral y los aparatos de poder político. En este ámbito, a través del análisis del discurso político (presente en mensajes presidenciales, documentos legislativos, artículos de opinión y otros) puede estudiarse el interés por morigerar las costumbres populares en torno al trabajo y controlar a poblaciones que se consideran perjudiciales u opuestas al orden. Se considera posible vehiculizar el estudio de las políticas para la producción de subjetividades y las políticas sociales, así como aquellas dirigidas a la contención de los conflictos sociales, en los ámbitos que unen las políticas criminales y la cuestión económica. Sin embargo, sería importante apuntar que los expedientes por vagancia evidencian un heterogéneo contingente de personas con distintas cualidades y proveniencias. Este aspecto será analizado en otro artículo fundamentado en la propuesta presentada en la tabla 1.

 

 

Tabla 1

Propuesta teórica para el estudio de la vagancia

Historia global

Finales del siglo XIX - mitad del siglo XX

Historia del trabajo

Historia de la criminalidad

Sistema productivo

Formas de tenencia de la propiedad

Sectores primario, secundario y terciario

Concatenación de procesos productivos

Vinculación con el mercado internacional

Sistema - mundo capitalista

La represión de la vagancia: imperial, colonial, monarquías, Estados nación

América, África, Asia, Europa, Oceanía

Mercado laboral

Oferta y demanda de la mano de obra

Política migratoria

Institucionalidad laboral

Conflictos laborales

Explotación de la mano de obra

Sistema judicial

Garantista o de dominación

Nacional/local

Policía

Existencia/ausencia de beneficios
por captura de vagos

Instituciones correctivas

Casas de reclusión

Casas de trabajo

Colonias

Fábricas

Trabajo público

Trabajo forzado

Casas

Fincas

Haciendas

Talleres

Mecanismos de represión y dispositivos de control social

Legislación sobre vagancia

Castigos corporales, detención, educación, trabajos forzados

Relaciones entre institucionalidad médica y penal

Características de las y los vagos

Ocupación

Medios de subsistencia

Estructuras de dominación interétnicas

Nacionalidad, condición migratoria

Perfil sociodemográfico de los
vagos y las vagas

Edad, sexo, etnia, atributos raciales

Estadística criminal

Teorías atávicas, médicas, sociológicas

Moral y disciplina de trabajo

Valores asociados al trabajo, la ociosidad, los vicios, el juego, etc.

Mecanismos correctivos y preventivos

Ideas predominantes sobre las causas y consecuencias de la vagancia

Relación rural/urbano

Imaginarios sobre el trabajador agrícola e industrial

Crecimiento urbano y descomposición social

Industrialización y desarrollo de vías
de comunicación

Capitalismo

Cambios y continuidades

 

 

 

Notas

1 Este objetivo se vincula con el proyecto de investigación titulado “Conflictos agrarios, trabajos impuestos y penalización de la vagancia en cuatro gobernaciones de Costa Rica”, del Instituto de Investigaciones Sociales, Universidad de Costa Rica.

2 Por ejemplo, surge en 1781 la idea de sustituir los caballos que subían agua de los pozos, por equipos de prisioneros trabajando por turnos horarios.

3 Gran Bretaña internó a sus niños desde el siglo XVI en el Hospital Cristiano y en la infame Bridewell. A finales del siglo XIX se envió a los jóvenes a las escuelas industriales inglesas.

4 Así, la ciudad pasó de condenar a 39 delincuentes por vagancia (1883-1892), a 106 durante la depresión económica (1883-1889) y en 1895 estos representaron el 80% de los casos elevados por la policía. Entre 1900 y 1913, hubo aproximadamente 2 797 condenas por vagancia.

5 Alrededor del 60% de quienes fueron enviados a Bergen entre 1850 y 1888 tenía entre 30 y 59 años, y la mayor parte de ellos eran solteros. Respecto a las mujeres enviadas a Oslo, más del 70% tenía menos de 30 años al momento de la detención y más del 85% ejercía la prostitución.

6 La Ilustración católica surge en Francia en la época de Luis XIV, en relación con la Ilustración y el Clasicismo. Si bien no pudo dominar desde el Vaticano excepto durante Benedicto XIV (1740-1758), esta logró imponerse en los territorios católicos de despotismo ilustrado y es de cierta forma heredera de las ideas de la reforma católica. Sin embargo, comienza a retroceder a partir de los acontecimientos que sucedieron a la Revolución francesa (Góngora, 1969).

7 A estos marginales pequeños delincuentes urbanos hace referencia la literatura de la Edad de Oro española (Ramos, 2009).

8 Guzmán-Stein (2005) identifica para el caso de Costa Rica, una serie de agentes sociales representantes de instituciones privadas, que durante la colonia tardía categorizaron las caras de la pobreza en aras de su control. Posteriormente, a inicios de la década de los veinte del siglo XIX, el Estado certifica la condición de pobreza que autoriza o no a mendigar, acto que no era considerado indigno, al igual que no lo era la pobreza, sino que más bien los pobres vergonzantes por su estatus no estaban autorizados a hacerlo y, emulando las prácticas en Europa, se denominó como pobres de solemnidad a quienes su condición de pobreza les certificó su derecho a pedir limosna, algunos de quienes integraron parte de la burocracia empobrecida, obligados a migrar del campo a la ciudad.

9 Esta ley tuvo como fin centralizar la Policía de vagos en la figura del gobernador del Concejo, para combatir la ineficaz puesta en práctica por parte de las municipalidades, autorizándole las funciones ejecutivas y proceder por encima de tribunales superiores (Ramos, 2009).

10 Esto último es comprendido también en la Ley XIII de Carlos III, por real cédula del 25 de marzo de 1783, que se hizo por las representaciones y recursos interpuestos en su Consejo, dado que él mismo no había contemplado a aquellos en su legislación, pese a que sí estuvieron en la precedente. En tanto eso, prohíbe a los buhoneros y saludadores andar vagando por el reino sin domicilio establecido, porque perturban la tranquilidad, con las cámaras obscuras, perros, marmotas y demás animales y habilidades con que andan de ociosos y holgazanes, ordenando su aprehensión para ser dispuestos a las armas, la marina, los hospicios o las obras públicas, las cuatro formas de castigo de la vagancia para ese momento.

11 En Canadá, Brannigan y Lin evidencian que hay una relación significativa entre el número de migrantes británicos y la ejecución de las leyes contra la vagancia, que se implementaron para hacer frente a los extranjeros considerados peligrosos. Ver “Where East Meets West: Police, Immigration and Public Order Crime in the Settlement of Canada from 1896 to 1940”, por A. Brannigan y Z. Lin, 1999, The Canadian Journal of Sociology / Cahiers Canadiens de Sociologie, 24(1), 87-108. doi: 10.2307/3341479.

12 De Lima (2012) efectuó entrevistas a trabajadores y trabajadoras en el año 2006, con el fin de conocer los valores morales asociados al trabajo, interpretándolos desde el punto de vista de las políticas de morigeración implementadas durante el régimen de Getulio Vargas, a través de la música y propaganda oficial del Gobierno. La particularidad de este estudio es que de Lima reivindica la manera en la que el régimen de Vargas utilizó la samba para convencer a la población de ciertos ideales en torno al trabajo, si bien, algunas canciones evidenciaron las contradicciones entre los valores predominantes en los trabajadores recién liberados y los que se pretendió imponer.

13 La persistencia de una estructura étnica de dominación en Guatemala, se evidencia en el hecho de que actualmente en algunas investigaciones efectuadas en la Universidad de San Carlos de Guatemala, se defiende la idea de reactivar las leyes en contra de la vagancia a fin de justificar la represión de determinados grupos sociales y sujetos; véase: Consideraciones doctrinarias y legales del artículo 93 del Código Penal relativo a la peligrosidad por vagancia y la necesidad de que se incluya como parte de una política criminal, por J. Castillo, 2000, Guatemala: USAC; Análisis jurídico doctrinario de la Ley de la Vagancia y la necesidad de su adecuación jurídica legal para que sea vigente, por M. Rodríguez, 2007, Guatemala: USAC.

14 Esto en parte debido a la difícil adquisición de tierras en Cartago, donde un sistema de acceso cuasi hereditario a los ejidos producía emigración, promovida en parte también por el monopolio josefino de las cosechas de tabaco, uno de los principales productos de exportación hacia Guatemala (Gudmundson, 1990).

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